REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES
PRIMER CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
SUCRE – CUMANA
En el día de hoy lunes catorce (14) de abril de dos mil ocho(2008), siendo las 12:30 minutos de la tarde, oportunidad fijada por el tribunal para que tenga lugar la práctica de medida de embargo ejecutivo, previa la habilitación del tiempo necesario se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, presidido por el abogado JUAN ALBERTO MERCHAN FERNANDEZ y fungiendo como secretaria la abogada MIRNA LORELYS MATOS COLLAZO, en un inmueble situado en la Urbanización Virgen del Valle, manzana “G”, calle “B”, número 77 vía Pantanillo, parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre, en compañía de la abogada BETTY HURTADO DE PERDOMO, titular de la cédula de identidad N° V-3.605.430, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 26.932, parte actora en el juicio que por intimación de honorarios se ventiló ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en contra de la ciudadana CARMEN SOTILLO DE PERDOMO, titular de la cédula de identidad N° V-5.702.703 según el texto de la comisión, el cual decretó medida de embargo ejecutivo sobre bienes propiedad de la misma, a fin de darle cumplimiento a dicha medida. Acto seguido, el tribunal, procedió a tocar la puerta del inmueble en referencia y fue atendido por una ciudadana que se identificó con su cédula de identidad, resultó ser CARMEN TERESA SOTILLO, titular de la cédula de identidad N° V-3.982.862, la cual fue impuesta de su misión, y quien dio libre acceso al interior del inmueble, donde se encuentra también la abogada ROSARIO ELENA GEDEON DE VILLAMIZAR, titular de la cédula de identidad N° V-4.186.731, inscrita en el IPSA bajo el N° 85.530. En este estado toma la palabra la abogada BETTY HURTADO DE PERDOMO y expone: “Solicito al tribunal proceda a la ejecución de la medida decretada por el tribunal comitente en los términos señalados. Es todo”. Seguidamente toma la palabra la ciudadana CARMEN TERESA SOTILLO debidamente asistida de la abogada ROSARIO GEDEON DE VILLAMIZAR y expone: “A los fines de dar cumplimiento a la medida se hace entrega de cinco mil bolívares fuertes (Bsf. 5.000), con lo cual no queda nada a deberse ni por este ni por otro concepto a la ciudadana demandante. Es todo”. En este estado toma la palabra la abogada BETTY HURTADO DE PERDOMO y expone: “Recibo en este acto la cantidad señalada y estoy en conocimiento que no tengo más nada que reclamar cantidad alguna que se derive de esta intimación de honorarios. Es todo”. Seguidamente el tribunal, visto el pago efectuado por la parte demandada, aceptado y recibido por la demandante, da por cumplida la misión que le fuera conferida a este despacho por el juzgado comitente, y no habiendo más diligencias que practicar se ordena el regreso a su sede siendo la 1:00 de la tarde. Es todo. Terminó. Se leyó y firman.
EL JUEZ EJECUTOR DE MEDIDAS
ABG. JUAN ALBERTO MERCHAN FERNANDEZ (FDO)
LA DEMANDANTE (FDO)
LA DEMANDADA Y SU ABOGADA ASISTENTE (FDO)
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
ABG. MIRNA MATOS C. (FDO)
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