REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Segundo de Control Sección Adolescentes
Circuito Judicial Penal del Edo. Sucre- Ext. Carúpano

Carúpano, 11 de Abril de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2008-000079
ASUNTO: RP11-D-2008-000079


SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

Vista la solicitud de Sobreseimiento Definitivo recibida por éste Tribunal en fecha 04/03/2008, y ratificada en la presente audiencia por la Abg. Moraima Goyo. en su carácter de Fiscal Sexta del Ministerio Público conforme al Artículo 561 literal “D” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a favor de: omissis, a quien se le inició en fecha 28/02/08, investigación por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley sobre tráfico ilícito y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La colectividad, proceso en el cual según el criterio del fiscal el hecho punible no se le puede atribuir al imputado antes identificado.
Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, ésta juzgadora encuentra procedente y ajustada a derecho y así se decide por cuanto se puede evidenciar de las actas procesales insertas que los hechos objetos del presente proceso no puede atribuírsele al imputado antes identificado, pues al momento de la revisión corporal no se le encontró nada al referido adolescente.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Ext. Carúpano, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa a favor de omissis, de conformidad con el Artículo 561 literal “D” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, Notifíquese al imputado en autos.
La Juez Segunda de Control

El Secretario

Abg. Marisandra Cañizares
Abg. Jesús E. García