REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 23 de Abril de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : RK01-P-2001-000011
ASUNTO : RK01-P-2001-000011
Visto la solicitud formulada por la defensora pública penal Abog. CAROLINA MARTINEZ, por medio de la cual peticiona a este Despacho realice un nuevo cómputo de la pena cumplida por el penado : SERGIO LUIS MENDOZA Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No-3.870.197, de oficio vigilante, soltero, nacido en fecha: 12-08-45, de 61 años de edad, residenciado en el Barrio Los Cocos, casa No-79, Cumaná, Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 13.051.858, este Tribunal una vez analizado el presente asunto y cada una de las actas procesales que conforman la presente causa, pasa a la actualización del cómputo de la pena cumplida hasta la presente fecha en los siguientes términos:
PRIMERO: El penado: SERGIO LUIS MENDOZA mediante sentencia dictada en fecha: 26-04-2.004, por la Corte de Apelaciones del Estado Sucre, fue condenado a cumplir la pena de: NUEVE (09) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión de los delitos de: HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION Y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en los artículos 407 en concordancia con el 80 y 282 en concordancia con el 278 todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: SAMUEL JOSE FERRER NUÑEZ.
SEGUNDO: El penado: SERGIO LUIS MENDOZA esta detenido desde el día: 16-12-2.001 hasta el día: 23-04-2.008, teniendo una pena cumplida de: SIETE (07) AÑOS DIEZ (10) MESES Y DIECISEIS(16) DIAS, pena esta que resulta de la sumatoria de una primera redención de fecha: 25-05-05, la cual riela al folio 173, de la 3era pieza, de: UN (1) AÑO, SEIS (6) MESES Y NUEVE (9) DIAS y de pena cumplida físicamente hasta la presente fecha: SEIS (06) AÑOS, CUATRO (04) MESES Y SIETE (07) DIAS. Faltándole por cumplir la pena de: UN (01) AÑO, UN (01) MES, CATORCE (14) DIAS. Siendo la fecha final de cumplimiento de la pena el día: 06 de Junio del año 2.009. En fecha: 25-05-05 este Tribunal le concedió al señalado penado la Formula Alternativa de Libertad Condicional, tal y como se desprende de la decisión emanada de este Juzgado en fecha 15-01-07.
TERCERO: De acuerdo al cómputo antes practicado, el ciudadano: SERGIO LUIS MENDOZA tiene un tiempo de pena cumplida de: SIETE (07) AÑOS DIEZ (10) MESES Y DIECISEIS(16) DIAS, el cual es superior a los SEIS (6) AÑOS Y NUEVE (09) MESES, que equivalen a las Dos Terceras (3/4) partes de la pena impuesta, que se requiere para optar al Confinamiento
DECISIÓN.
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACTUALIZA el cómputo del tiempo de pena cumplida por parte del ciudadano: SERGIO LUIS MENDOZA Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No-3.870.197, de oficio vigilante, soltero, nacido en fecha: 12-08-45, de 61 años de edad, residenciado en el Barrio Los Cocos, casa No-79, Cumaná, Estado Sucre; siendo el tiempo de la pena que le falta por cumplir, que es de: UN (1) AÑO, UN (1) MESES, CATORCE (14) DIAS. Siendo la fecha final de cumplimiento de la pena el día: 06 de Junio del año 2.009. Notifíquese a la Defensa Pública Penal, Abg. Carolina Martínez asimismo se acuerda expedir copias del presente cómputo a la defensora pública penal y al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público. CUMPLASE.
El Juez Segundo de Ejecución.
Dr. NAYIP BEIRUTTI.
La Secretaria.
Abg. NANMARIEL BASTARDO.