REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE – SEDE CUMANÁ
Cumaná, 18 de Abril de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: RP01-P-2006-002272
ASUNTO: RP01-P-2006-002272

ARCHIVO FISCAL

Visto y analizado el oficio N° SUC-F7-1341-08 suscrito por la Dra. MARIUSKA GABALDÓN ROJAS, en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre con sede en Cumaná donde señala que esa Representación Fiscal DECRETO EL ARCHIVO FISCAL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 315 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL EN LA CAUSA QUE SE LE SIGUE ANTE ESTE TRIBUNAL al Ciudadano: JAVIER JOSÉ TALOIDA FRANCO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.538.680 y residenciado en sector 4, calle 10, por la Bodega Santa Bárbara, casa sin número, Cumaná Estado Sucre, presuntamente incurso en la Comisión de los delitos de lesiones personales intencionales leves y robo genérico en grado de frustración, previstos y sancionados en los artículos 418 y 456, en concordancia con el 80, todos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos DELFO MARCELINO RUIZ GARCÍA y BRAULIO JOSÉ RODRÍGUEZ GÓMEZ, sin perjuicio de su reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Este Tribunal Sexto de Control pasa hacer el siguiente pronunciamiento antes de decidir:
Vistas como han sido las razones y circunstancias que señala la Dra. MARIUSKA GABALDÓN ROJAS, en su carácter de Fiscal Séptima del Ministerio Público este Tribunal Sexto de Control resuelve se ACUERDA EL DECRETO DEL ARCHIVO FISCAL DE LA PRESENTE CAUSA PLANTEADO POR EL REPRESENTANTE FISCAL DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 315 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL A FAVOR DEL CIUDADANO: JAVIER JOSÉ TALOIDA FRANCO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.538.680 y residenciado en sector 4, calle 10, por la Bodega Santa Bárbara, casa sin número, Cumaná Estado Sucre, presuntamente incurso en la Comisión de los delitos de lesiones personales intencionales leves y robo genérico en grado de frustración, previstos y sancionados en los artículos 418 y 456, en concordancia con el 80, todos del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos DELFO MARCELINO RUIZ GARCÍA y BRAULIO JOSÉ RODRÍGUEZ GÓMEZ, y siendo imperativo para este Tribunal el cumplimiento de los requerimientos de las partes en el proceso siempre y cuando los mismos sean ajustados a la ley y respetando el derecho que los asiste es por lo que Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve: SE DECRETA EL INMEDIATO LEVANTAMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACIÓN QUE PESA EN SU CONTRA. Así mismo se le impone del deber constitucional de acudir a los Órganos Jurisdiccionales llámese Fiscalía o Tribunales cuando se le requiera ya que si aparecen nuevos elementos de convicción se reapertura la presente causa. Se acuerda Notificar a las partes, Oficiar a la Oficina de Alguacilazgo informándole sobre el levantamiento de la medida cautelar de presentación, remitir inmediatamente las presentes actuaciones a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman
LA JUEZA SEXTO DE CONTROL
MARLENY MORA SALAS
EL SECRETARIO
AULIO DURAN

Nota.- En esta misma fecha se acordó lo ordenado
EL SECRETARIO
AULIO DURAN