ASUNTO PRINCIPAL : RP01-S-2004-006919
ASUNTO : RP01-S-2004-006919
Visto el escrito presentado por el ciudadano: JOSE NATIVIDAD ROJAS en donde le señala a este tribunal que en fecha: 16 de Febrero del 2.007 se le acordó al ciudadano: WASIN JAH JAH SLIKA Titular de la Cédula de Identidad No-15.512.259 AUTORIZACIÓN para circular por todo el territorio nacional con el vehículo Tipo: Sport Wagón, Modelo: Grand Cherokee, año: 2000, uso: Particular, color: Verde, clase: Camioneta, Serial del Motor: 8 Cilindros , Serial de Carrocería: 8Y4GW68FFY1282731, Placa: DBA53S, siendo su verdadero nombre: WASIM JAHJAH SLIKA y el número de cédula es 16.512.259; este tribunal una vez analizado el presente escrito y cada una de las actas procesales que conforman la causa, observa que efectivamente hubo un error material en la cédula de identidad del autorizado en el momento de librar la autorización; por lo que se subsana dicho error por no alterar el fondo del asunto.; y es por lo que este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda librar nueva Autorización al ciudadano: WASIM JAHJAH SLIKA Titular de la Cédula de Identidad Nos.16.512.259 para que circule por todo el Territorio Nacional bien sea solo o en compañía de los ciudadanos: JOSÉ NATIVIDAD ROJAS CARABALLO y RUBYANNI JOSE MATA GOITIA mayores de edad, venezolano, Titulares de la Cédula de Identidad N°. 13.226.376 y 15.361.246 respectivamente, con el Vehículo: Tipo Sport Wagón, Modelo Grand Cherokee, año 2000, uso Particular, color Verde, clase Camioneta, Serial del Motor 8 Cilindros, Serial de Carrocería: 8Y4GW68FFY1282731, Placa DBA53S, el cual le fue concedido en guarda y custodia en fecha 27-12-04.-
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaria.
Abg. Fabiola Bauza.
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