REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL


ASUNTO PRINCIPAL : RP01-S-2003-004444
ASUNTO : RP01-S-2003-004444

Visto el escrito presentado por la abogada. CAROLINA MARTINEZ ACOSTA en su carácter de Defensora Pública Séptima en Penal Ordinario, en donde le solicita a este tribunal el cese de la medida impuesta a su defendido: Emiliano Antonio Brito León en fecha: 24-12-03, en razón del tiempo transcurrido desde que se le decretaron presentaciones periódicas cada ocho (8) días ante la unidad de alguacilazgo de este circuito judicial penal, asimismo solicita se fije plazo prudencial para la conclusión de la investigación de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal; este tribunal una vez analizado el presente escrito y cada una de las actas procesales que conforman la presente causa, puede observar que este tribunal en fecha: 04-05-07 decretó el cese de la medida cautelar otorgada al referido imputado, por haber decretado la representación fiscal el archivo fiscal, librándosele a las partes las correspondientes boletas de notificación y es por lo que este Juzgado Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda notificar a la Defensora Pública Séptima en Penal Ordinario, Abg. CAROLINA MARTINEZ ACOSTA que este tribunal en fecha: 04-05-07 decretó el cese de la medida cautelar otorgada al imputado: EMILIANO ANTONIO BRITO LEÓN, venezolano, mayor de edad, soltero, oficio Albañil, residenciado en Pericantar, sector Los Cerezos Arriba, casa sin número, Municipio Mejías, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad No. 15.317.684, por haber decretado la representación fiscal el archivo fiscal, librándosele para la fecha a las partes las correspondientes boletas de notificación. Notifíquese a la Defensa Pública Abg. CAROLINA MARTINEZ ACOSTA.
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaria.
Abg. Fabiola Bauza.