ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-003752
ASUNTO : RP01-P-2007-003752

Visto el escrito presentado por la abogada. SUSANA BOADA DE MARTINEZ en su carácter de Defensor Público Penal Tercera del acusado: ALEXIS RAMON LOPEZ en donde le solicita a este tribunal, la entrega de una moto sierra, la cual consigna factura en original No-149486 de la Distribuidora Casa Mar, para su devolución previa certificación por secretaria; ya que es utilizada en su trabajo de carpintería; este tribunal una vez analizada la presente solicitud y cada una de las actas procesales que conforman la presente causa; observa que efectivamente el señalado bien mueble está a la orden de este tribunal, a quien se le practicó la correspondiente experticia de ley. Ahora bien, en atención, a que en el presente proceso se determinó responsabilidad por admisión de hecho, existiendo en actas la experticia de rigor la cual riela a los folios 19 y 20 del presente expediente, siendo dicho bien de la exclusiva propiedad del ciudadano: ALEXIS RAMON LOPEZ tal y como queda acreditado en factura en original que se consigna, representando su medio de trabajo, lo procedente es que este Juzgado Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda la entrega de la Moto Sierra serial No-S16139531, marca STIHL O.70 con pala de 90 Centímetros de color anaranjado con blanco al ciudadano: ALEXIS RAMON LOPEZ LOPEZ, Venezolano, nacido en fecha: 07-08-1955, de 52 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio carpintería, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.087.847, residenciado en la Zea, casa N° 100, de esta ciudad de Cumaná. Líbrese oficio al Comandante de la Primera Compañía del Destacamento 78 de la Guardia Nacional, organismo donde se encuentra depositado el bien señalado. Notifíquese a la defensa Pública y acusado. Se acuerda la devolución de la factura original consignada previa certificación por secretaria.
El Juez Tercero de Control.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.

La Secretaria.
Abg. Fabiola Bauza.