REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 15 de Abril de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-001726
ASUNTO : RP01-P-2008-001726

Vista la solicitud de medida de protección a víctima, solicitada ante este Despacho Judicial por el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Luis Antonio Garreta Avila, en favor de la ciudadana ELIZABETH DEL VALLE CARDIET AMAYA, titular de la cédula de identidad N° 13.053.337, residenciada en el sector Santa Cruz, San Juan de Macarapana, cerca de la bodega el recreo pasando la policía, víctima indirecta en la causa penal en fase de investigación identificada con el N° 19-F1-1C-079-08, cursante ante la Fiscalía Primera del Ministerio Público por el delito de Lesiones Graves; manifestando, tal como consta en el acta de entrevista la cual se anexa a la solicitud, el temor que siente por la integridad física de su hermano Yirson José Castillo y la suya propia ante la amenaza que ha sido objeto por parte de Roniel Zerpa sobrino de Cruz Manuel Martínez, imputado en la citada causa penal, como consecuencia de haber denunciado ante las autoridades el daño sufrido; y tal declaración consta en acta de entrevista presentada anexa a la solicitud de medida de protección.
Este Tribunal estima que existe un inminente peligro para la víctima, y que es derecho de esta solicitar protección, siendo una obligación del Estado Venezolano protegerlas de hechos punibles de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y cumplidos los supuestos previstos en el artículo 17 de la Ley de Protección a Víctimas, es por lo que este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley acuerda Medida de Protección consistente en RECORRIDOS POLICIALES PERMANENTES Y VISITAS DOMICILIARIAS de lunes a domingos, por un lapso de Tres (03) Meses, por el domicilio de las víctimas, ELIZABETH DEL VALLE CARDIET AMAYA titular de la cédula de identidad N° 13.053.337, residenciada en el sector Santa Cruz, San Juan de Macarapana, cerca de la bodega el recreo pasando la policía, en tal sentido se ordena oficiar al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, (I.A.P.E.S.), a fin de solicitarle la designación de los funcionarios adscritos a esa Institución que deban cumplir con el mandato de protección a la víctima por un período de Tres (03) meses. Igualmente se Oficia al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole de esta decisión y remitiendo la presente solicitud. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DR. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA
LA SECRETARIA

DRA. DESIREE BARRETO SANTAELLA





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 15 de Abril de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2008-001726
ASUNTO : RP01-P-2008-001726

Vista la solicitud de medida de protección a víctima, solicitada ante este Despacho Judicial por el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Luis Antonio Garreta Avila, en favor de la ciudadana ELIZABETH DEL VALLE CARDIET AMAYA, titular de la cédula de identidad N° 13.053.337, residenciada en el sector Santa Cruz, San Juan de Macarapana, cerca de la bodega el recreo pasando la policía, víctima indirecta en la causa penal en fase de investigación identificada con el N° 19-F1-1C-079-08, cursante ante la Fiscalía Primera del Ministerio Público por el delito de Lesiones Graves; manifestando, tal como consta en el acta de entrevista la cual se anexa a la solicitud, el temor que siente por la integridad física de su hermano Yirson José Castillo y la suya propia ante la amenaza que ha sido objeto por parte de Roniel Zerpa sobrino de Cruz Manuel Martínez, imputado en la citada causa penal, como consecuencia de haber denunciado ante las autoridades el daño sufrido; y tal declaración consta en acta de entrevista presentada anexa a la solicitud de medida de protección.
Este Tribunal estima que existe un inminente peligro para la víctima, y que es derecho de esta solicitar protección, siendo una obligación del Estado Venezolano protegerlas de hechos punibles de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y cumplidos los supuestos previstos en el artículo 17 de la Ley de Protección a Víctimas, es por lo que este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley acuerda Medida de Protección consistente en RECORRIDOS POLICIALES PERMANENTES Y VISITAS DOMICILIARIAS de lunes a domingos, por un lapso de Tres (03) Meses, por el domicilio de las víctimas, ELIZABETH DEL VALLE CARDIET AMAYA titular de la cédula de identidad N° 13.053.337, residenciada en el sector Santa Cruz, San Juan de Macarapana, cerca de la bodega el recreo pasando la policía, en tal sentido se ordena oficiar al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, (I.A.P.E.S.), a fin de solicitarle la designación de los funcionarios adscritos a esa Institución que deban cumplir con el mandato de protección a la víctima por un período de Tres (03) meses. Igualmente se Oficia al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole de esta decisión y remitiendo la presente solicitud. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL

DR. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA
LA SECRETARIA

DRA. DESIREE BARRETO SANTAELLA