REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO PRIMER CIRCUITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-

CUMANA, 25 DE ABRIL DE 2008
198º Y 149º

Vista la diligencia suscrita en fecha 23-04-2008 por el abogado en ejercicio ARMANDO NOYA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.092, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ALBINO VIDAL parte demandante, mediante la cual consigna Contrato de Transacción, otorgado por ante el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, en fecha 21 de Abril de 2008 y autenticados bajo el Nº 66, Tomo 52, constante de cuatro (04) folios; en el que el ciudadano FRANCISCO TOBIA ESPAÑA desiste de la apelación ejercida por él en fecha 26-03-2008 en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 12-03-2008; y por cuanto este desistimiento no resulta violatorio del orden publicó ni de las buenas costumbres y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte HOMOLOGACION al desistimiento de la apelación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como si se tratara de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Asimismo ordena se remita el presente expediente al Tribunal de la causa en su oportunidad legal. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los Veinticinco (25) días del mes de Abril de 2.008. Años 198º de la Independencia y 149º de la federación.

EL JUEZ SUPERIOR

ABOG. MAURO LUIS MARTINEZ VICENTH
LA SECRETARIA TEMPORAL

GLADYS MONTES MEDINA

NOTA: En esta misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades de ley, se dictó y publicó la presente decisión, siendo las 10:00 a.m. Conste.-
LA SECRETARIA TEMPORAL

GLADYS MONTES MEDINA
EXPEDIENTE Nº 08-4569
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
MOTIVO: DAÑOS Y PERJUICIOS
(DESISTIMIENTO – SE IMPARTIO HOMOLOGACIÒN