REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 02 DE ABRIL DEL 2007
196° Y 148°
Sol. N° 5.038
SOLICITANTE: MARIA NELLY CASTRO DE RODRÍGUEZ, Titular de
la Cédula de Identidad N° 5.682.129
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó
APODERADO: No otorgó Poder.
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARIA NELLY CASTRO DE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°. 5.682.129, asistida del abogado en ejercicio Reinaldo Jesús Brito, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 103.815, y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante éste Juzgado de los testigos ciudadanos: JUAN SALVADOR MÁRQUEZ, ALBORNOZ Y EVANGELIA JOSEFINA FERNÁNDEZ DE FRANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 1.466.272 y 2.674.343, ambos de éste domicilio, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO SIMÓN CATALINO RODRÍGUEZ ROJAS, a las ciudadanos MARIA NELLY CASTRO DE RODRÍGUEZ, SIMÓN, ANGÉLICA MARÍA Y ARTURO JOSÉ RODRÍGUEZ CASTRO de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Aracelis T. Martínez.
Constante de Doce (12) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
Aracelis t. Martínez.
SGDM-rbg.
Sol. Nº 5038