REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO
LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Exp. N° 15.679.
PARTE SOLICITANTE: RAQUEL DEL VALLE GONZÁLEZ PÉREZ,
titular de la Cédula de Identidad
6.958.771.
APODERADO JUDICIAL: No Otorgo.
DOMICILIO PROCESAL: En el Edificio Monte Carlos Calle El Prado,
Urbanización Bello Monte, de la Parroquia
Santa Catalina del Municipio Bermúdez del
Estado Sucre.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
SENTENCIA: DEFINITIVA.
En fecha 20 de Marzo del año 2.007, compareció la ciudadana RAQUEL DEL VALLE GONZÁLEZ PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.958.771, domiciliada en el Edificio Monte Carlo Calle el Prado, Urbanización Bello Monte de la Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, asistida de la abogado en ejercicio CRUZ MERCEDES VELÁSQUEZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 75.104, y presentó por ante éste Tribunal demanda de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento civil.
Que como consta del Acta de Nacimiento que nació el 15 de Febrero de 1.996 en esta ciudad de Carúpano, siendo sus padres los ciudadanos SIMPLICIO IDELFONZO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ Y CRUZ DE LOURDES MUNDARAIN DE GONZÁLEZ y que como su padre lo conocen como ALFONZO GONZÁLEZ, y que por un error involuntario del funcionario a quién le correspondió transcribir la redacción de dicha acta, escribió su nombre en forma incorrecta, apareciendo ALFONZO GONZÁLEZ, siendo lo correcto SIMPLICIO IDELFONZO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, tal como consta de la copia de la Cédula de Identidad signado con la letra “B” y de la copia de la Gaceta Oficial de la Republica de Venezuela signada con la letra “C” del presente expediente.
Admitida la demanda en fecha 22 de Marzo del 2.007, se ordenó la Notificación del Fiscal del Ministerio Público, la cual fue practicada en fecha 27-03-07, tal como consta al folio Ocho (08) del expediente, y el Tribunal probado como ha sido lo alegado, y en virtud del error denunciado no amerita la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA al Prefecto de la Parroquia Santa Rosa, del Municipio Bermúdez del Estado Sucre y al Registrador Principal de este Estado Sucre, procedan a Estampar la Nota Marginal correspondiente en el Acta de Nacimiento N° 336 del año 1.966, en los Libros de Registro Civil que lleva la Prefectura de la Parroquia Santa Rosa, del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por cuanto aparece asentado el nombre de su padre como ALFONZO GONZÁLEZ, siendo lo correcto SIMPLICIO IDELFONZO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, Hágase la participación correspondiente a los fines de dar cumplimiento a lo pautado en los Artículos 501, 502 y 506 del Código Civil, en concordancia con el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.
Expídase por Secretaria las copias certificadas de la solicitud y del presente auto y remítase con oficio a las Autoridades correspondientes.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los Diecisiete (17) días del mes de Abril, Dos Mil Siete (2.007).- Años 196” de la Independencia y 148º de la Federación.-
La Juez.-
La Secretaria Acc,
Abg. Susana García de Malavé
Aracelis Teresa Martínez.
En su fecha y previa las formalidades de Ley, se publicó la anterior Sentencia siendo las 11:00 de la mañana.-
La Secretaria Accd.,
SGDM/rbr.-
Exp. Nº 15.679.-