REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 10 DE ABRIL DE 2007
196° Y 148°

Exp. N° 15.629


DEMANDANTE: GEORGES KATATI KERKIAN, titular de la Cédula
de Identidad Nº 12.556.220

APODERADO: CARLOS MARCANO BOLAÑO,
Inscrito en el InpreAbogado
Bajo el N° 35.904.

DOMICILIO PROCESAL: Urbanización Vista Alegre, Calle San Carlos,
Quinta La Barranca, Caracas.

DEMANDADO: YASMIN MARTÍNEZ Y BEYSI ROJAS, Titulares de
Las Cédulas de Identidad Nros 14.105.110 y
20.564.484.

APODERADO (S): No Otorgo.

DOMICILIO PROCESAL: Prolongación de la Calle Bolívar del
Municipio Mariño, Irapa Estado Sucre.

MOTIVO: REIVINDICATORIA.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA


Vista la diligencia suscrita por el ciudadano LIZANDRO BARRETO, Alguacil Temporal del Juzgado del Municipio Mariño del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, donde expone que la codemandada ciudadana BEYSIS EDDI ROJAS SUBERO, es una adolescente, tal y como consta de la copia de la cédula de Identidad anexada a la diligencia antes mencionada, y visto igualmente su contenido, este Tribunal observa:
Cuando la relación procesal, esta integrada por una menor de edad, como sujeto pasivo de la pretensión existe un fuero atrayente de la jurisdicción especial de Protección de Niños y Adolescentes, y de acuerdo al del parágrafo Segundo literal C) del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el conocimiento de dicho asunto corresponde a las salas de juicios con competencia en materia de Protección de Niños y Adolescente, y este ha sido el criterio reiterado de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en sentencias números 24 del 22-09-2.004, 33 del 24-10-2.001 ampliada en sentencia Nº 44 del 16-11-2.006.
Siendo así, es forzoso para este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara que no tiene competencia para conocer y decidir la presente causa y en consecuencia declina la misma para ante el Juzgado de Protección del Niño y al Adolescente con competencia en la ciudad de Carúpano donde se ordena remitir el presente expediente en su oportunidad legal correspondiente.- Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé
La Secretaria Acc,

Aracelis Teresa Martínez

EXP. 15.629.
SGM/rbg