REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANÁ, 27 DE ABRIL DE 2007
196° y 148°


Vista la diligencia anterior, suscrita por el Abogado JOSE ARMANDO PEÑA MARQUEZ, suficientemente identificado en autos y con el carácter acreditado en los mismos, mediante la cual DESISTE de la presente acción; y asimismo, solicita la devolución del original del título supletorio cursante a los folios 24 al 31 del presente expediente; se le dio cuenta a la Juez de la misma. En consecuencia, este Juzgado le imparte la HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO planteado. Y asimismo, se ordena la devolución del original solicitado, previa su certificación en autos. Ello en virtud de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto por la ciudadana RAFAELA MEJIA contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BOLIVAR DEL ESTADO SUCRE.
LA JUEZ PROVISORIO,

Abog. YLIMAR OLIVEIRA DE CARABALLO


LA SECRETARIA TITULAR,
Abog. ROSELY V. PATIÑO R.



SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
HOMOLOGACIÓN: DESISTIMIENTO
Materia: Constitucional
Exp. N° 6555-07
YOdC/cml