REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANA, 02 DE ABRIL DE 2007
196º y 148º
Vista la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES presentada conjuntamente por los ciudadanos: PEDRO RAFAEL DIAZ CARVAJAL y GLADIS MADELYN RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.484.251 y V-9.962.859, respectivamente; debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio y de este domicilio CARLOS RODRÍGUEZ GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.806.986 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 113.335. Y como quiera que la solicitud cumple con los extremos requeridos en el Articulo 762 del Código de Procedimiento Civil y conforme a los hechos explanados en la misma, este Juzgado actuando en Sede Civil y procediendo en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECRETA la SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los mencionados cónyuges conforme a lo dispuesto en los artículos 189 y 190 del Código Civil. Asimismo, se ordena expedir las copias certificadas solicitadas.
LA JUEZ PROVISORIO,
Abog. YLIMAR OLIVEIRA DE CARABALLO
LA SECRETARIA TITULAR,
Abog. ROSELY V. PATIÑO RODRIGUEZ
Exp. Nro.6565-07
YOdC/cml