Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre
196° y 148°
Cumaná, 02 de Abril de 2007.
196° y 148°
SENTENCIA Nro 094-2007-I
Vista la TRANSACCIÓN efectuada por ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 27 de Marzo del presente año, por los Ciudadanos ROSA MARÍA SANCHEZ y RAÚL JOSÉ FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro V-4.685.919 y V-2.929.052, respectivamente, asistidos por las Abogadas MAGDONY LEON ARAYAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 47.119, la primera, y MIRCE RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 46.205, el segundo, habiéndosele dado cuenta de la misma a la Ciudadana Jueza de este Juzgado, y por cuanto se observa que la misma está ajustada a derecho y los solicitantes del Auto Homologatorio poseen capacidad procesal para ejercer la potestad de realizar la TRANSACCIÓN, así como capacidad Jurídica para disponer del objeto que versa la Controversia, es decir, sobre Derechos disponibles, no resultando violado el orden público, ni las buenas costumbres, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil Vigente, le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente a la TRANSACCIÓN efectuada por ambas partes.-
En consecuencia, entréguese a la ciudadana ROSA MARÍA SANCHEZ, las cantidades de dinero depositados en BANFOANDES.- Líbrese oficio a la Institución Bancaria prenombrada a los fines de autorizar a la ciudadana ROSA MARÍA SANCHEZ para movilizar las cantidades de dinero depositados en la cuenta de Ahorros Nº 0007-0081-99-0010002159 Entréguese la Libreta de Ahorros descrita a la ciudadana ROSA MARÍA SANCHEZ.
Asimismo, este Tribunal ordena librar oficio a la DIRECCION DE FINANZAS DE LA UNIVERSIDAD DE ORIENTE (U.D.O), con el fin de que se le entregue a la ciudadana ROSA MARIA SANCHEZ DE FIGUEROA, cualquier dinero o el fideicomiso pendiente de pago causado durante el lapso de matrimonio, con el ciudadano RAUL JOSE FIGUEROA; es decir dentro del periodo del 05 de enero de 1972 hasta el 12 de marzo de 2007.
Publíquese y Regístrese, déjese copia Certificada, a los fines de su archivo. Publíquese en la pagina Web, de este Tribunal.
Dada, firmada y Sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los dos (02) días del mes de Abril del año dos mil siete (2007).- Años 196° de la Independencia y 148° de la Federación.-
JUEZA
DRA. INGRID COROMOTO BARRETO LOZADA.
SECRETARIA
ABOG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO.
NOTA: En esta misma fecha (02/04/2007) previos los requisitos de Ley, siendo las nueve de la mañana (09:00 am), se publicó la anterior sentencia Interlocutoria.
SECRETARIA,
ABOG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO.
Expediente Número: 09034
Motivo: DIVORCIO
Sentencia Interlocutoria.
ICBL//mmdz//.
|