REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIALDEL ESTADO SUCRE
Cumaná 17 de abril de 2007
196° y 148°
MOTIVO. SEPARACIÓN DE CUERPOS
EXPEDIENTE Nro 09345
Vista la anterior solicitud presentada, por los ciudadanos GERMAN ALONZO GALANTON MATA y LEVCY VICTORIA ROMERO ARREDONDO venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-13.358.573 y V-18.905.094, respectivamente, ambos de este domicilio, asistidos por la Abogada en ejercicio PAULA GARCIA GONZALEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 93.568 y de este domicilio, por cuanto en ella se llenan los extremos requeridos por el Artículo 762 del Código de Procedimiento Civil Vigente, este Tribunal considera que existen fundamentos para acordar la Separación de Cuerpos solicitada. En consecuencia, procediendo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, se declara la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los mencionados Cónyuges, ya identificados, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 189 del Código Civil.-Asimismo, este Tribunal, acuerda expedir por Secretaria copias certificadas de la solicitud de separación de cuerpos y del auto que la provea, de conformidad con lo establecido con el artículo 112 del código de procedimiento Civil, para lo cual se autoriza al Ciudadana Rafael Benítez Tovar, Alguacil temporal de este Juzgado, para el fotocopiado requerido y a la ciudadana Patricia Carolina Gutiérrez Peña, asistente adscrita a este Juzgado para la elaboración de las mismas
JUEZA,
DRA. INGRID COROMOTO BARRETO LOZADA
SECRETARIA,
ABOG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO