REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre
Sala de Juicio – Sede Cumaná
196° y 148°
Cumaná, 09 de Abril de 2007.
Vista la solicitud y recaudos anexos presentados ante este Tribunal de Protección por los ciudadanos MARIELA DEL VALLE COVA DE FARHAT y AHMAD FARHAT, venezolana, la primera de las nombradas, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.631.527, y el segundo Libanés, titular de la cédula de identidad Nro. E-80.854.920, domiciliados en la Calle San Isidro Apartamento Nro. 15, Cumaná, Estado Sucre, actuando en nombre y representación de su hija la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, de un (1) año y siete (7) meses de edad, debidamente asistida por la Defensora Pública en Materia de Protección de Niños y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, Abogada MARÍSOL HERNANDEZ, en el cual solicita de este despacho Autorización para tramitar ante la Oficina de Identificación y Extranjería Pasaporte a favor de la mencionada niña, en virtud de que tiene previsto viajar con ésta al extranjero, este Tribunal LA ADMITE por no ser contraria a la moral, buenas costumbres o alguna disposición de Ley, En consecuencia AUTORIZA, a la ciudadana MARIELA DEL VALLE COVA DE FARHAT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.631.527, para que en su condición de madre de la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, efectúe los trámites respectivos ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), para que se expida pasaporte a favor de la referida niña y al retiro del mismo. CUMPLASE.- El Juez (fdo) Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI LICET. La secretaria (fdo) Abogada HAYARIT RODRIGUEZ. Es copia fiel y exacta de su original que certifico en la ciudad de Cumaná, a los Nueve (09) días del mes de Abril del año Dos Mil Siete (2007). Años 196 de la Independencia y 148° de la Federación.
La Secretaria
Abg. HAYARIT RODRIGUEZ
Exp. TP2-857-07
MEG/mjc.-
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