REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SALA DE JUICIO - SEDE CUMANA
Visto el escrito presentado por el abogado JESUS MANUEL MOYA MARCANO, en su carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, en la cual solicita a este Tribunal, se preceda a HOMOLOGAR el convenimiento celebrado entre los ciudadanos CARLOS CÉSAR FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V-11.832.664, residenciado en la urbanización 24 de julio, casa N° s/n., detrás de Certeca, Cumaná, Estado Sucre, y BERENICE COROMOTO FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.283.147, domiciliada en la Urbanización 24 de julio, casa s/n., detrás de Certeca, Cumaná, Estado Sucre, a favor de los niños Se omite su nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la Lopna
, de diez (10), ocho (8), seis (6) y tres (3) años de edad respectivamente.-
Ahora bien este Tribunal para decidir Observa:
A los folios diez (10), once (11) y doce (12) cursa acta levantada ante la Fiscalia del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de fecha veintiséis (26) de marzo del año dos mil siete (2.007), distinguida SUC-FMP-4-86-2007, debidamente firmada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Publico y las partes intervinientes ciudadanos CARLOS CÉSAR FLORES y BERENICE COROMOTO FLORES, en este acto celebrado, de común acuerdo
establecieron.-
La ciudadana BERENICE COROMOTO FLORES, manifestó que el ciudadano CARLOS CÉSAR FLORES, compartirá con sus hijos, cada quince (15) días, Un fin de semana, desde el día viernes a las 5:00 de la tarde, hasta el día domingo a las 4:00 de la tarde, los niños compartirán con su papá, el día de padre, y con su madre el día de la madre, el día 24 de diciembre lo pasarán con su padre y el día 31 de diciembre con la madre, alternándose cada año, cuando pase el carnaval con el padre y la semana santa la pasará con la madre, además compartirán las vacaciones escolares la mitad cada uno.-
El convenimiento celebrado y firmado por ante la Fiscalia antes mencionada y en total acuerdo el padre de los niños, ciudadano CARLOS CÉSAR FLORES.-
A tales supuestos de hecho y de derecho, observando que las partes establecieron tal forma de dar cumplimiento al Régimen de Visitas, no siendo ello contrario al interés Superior de los niños Se omite su nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la Lopna
, de diez (10), ocho (8), seis (6) y tres (3) años de edad respectivamente, es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, bajo la decisión del Juez N° 01, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, con fundamento en los artículos 8 y 27 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, IMPARTE HOMOLOGACIÓN A LA CONCILIACIÓN celebrada
y suscrita por los ciudadanos CARLOS CÉSAR FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V-11.832.664, residenciado en la urbanización 24 de julio, casa N° s/n., detrás de Certeca, Cumaná, Estado Sucre, y BERENICE COROMOTO FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.283.147, domiciliada en la Urbanización 24 de julio, casa s/n., detrás de Certeca, Cumaná, Estado Sucre.- Así se decide.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
Dada, firmada y sellada en la sala de juicio del tribunal de Protección del niño y del adolescente de la circunscripción Judicial del estado Sucre. En Cumaná a los veintitrés (23) días del mes de abril del año dos mil siete (2.007).- año 196° de la Independencia y 148° de la Federación.-
EL JUEZ N° 01
ABG. JESÚS SALVADOR SUCRE R.
LA SECRETARIA
ABG. LUISA MARQUEZ RAMOS
Homologación: Régimen de Visitas
Partes: BERENICE COROMOTO FLORES y CARLOS CÉSAR FLORES
Exp. N° TP1-3243-07
JSSR/LMR/luisa.-
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