REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SALA DE JUICIO - SEDE CUMANA



Visto el escrito presentado por el abogado JESUS MANUEL MOYA MARCANO, en su carácter de Fiscal Cuarto del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, en la cual solicita a este Tribunal, se preceda a HOMOLOGAR el convenimiento celebrado entre los ciudadanos IVAN JOSÉ CENTENO, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V-15.346.826, residenciado en el Guamache, calle Guerito, casa s/n., cerca de la bodega La Magallanera, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Araya, Estado Sucre, y KARLA JOSÉ GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.574.159, domiciliada en la calle Bolívar; Las Parcelas, casa s/n., detrás de los apartamentos de Vela de Coro, Cumaná, Estado Sucre, a favor de la niña Se omite su nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la Lopna
, de Un (1) año de edad.-

Ahora bien este Tribunal para decidir Observa:

A los folios siete (7), ocho (8) y nueve (9), cursa acta levantada ante la Fiscalia del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del Estado sucre, de fecha veintidós (22) de marzo del año dos mil siete (2.007), distinguida SUC-FMP-4-84-2007, debidamente firmada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Publico y las partes intervinientes ciudadanos IVAN JOSÉ CENTENO y KARLA JOSÉ GUERRA, en este acto celebrado, de común acuerdo establecieron.-

La ciudadana KARLA JOSÉ GUERRA, manifestó que el ciudadano IVAN JOSÉ CENTENO, compartirá con su hija cada quince (15) días, Un fin de semana, desde el día sábado a las 9:00 de la mañana, hasta el día domingo a las 4:00 de la tarde, la niña compartirá con su papá el día de padre, y con su madre el día de la madre, el día 24 de diciembre lo pasará con su padre y el día 31 de diciembre con la madre, alternándose cada año, cuando pase el carnaval con el padre y la semana santa la pasará con la madre, además compartirán las vacaciones escolares la mitad cada uno.-

El convenimiento celebrado y firmado por ante la Fiscalia antes mencionada y en total acuerdo el padre de la niña, ciudadano IVAN JOSÉ CENTENO.-

A tales supuestos de hecho y de derecho, observando que las partes establecieron tal forma de dar cumplimiento al Régimen de Visitas, no siendo ello contrario al interés Superior de la Se omite su nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la Lopna
, de Un (1) año de edad, es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, bajo la decisión del Juez N° 01, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, con fundamento en los artículos 8 y 27 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, IMPARTE HOMOLOGACIÓN A LA CONCILIACIÓN celebrada y suscrita por los ciudadanos IVAN JOSÉ CENTENO, venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V-15.346.826, residenciado en el Guamache,




calle Guerito, casa s/n., cerca de la bodega La Magallanera, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Araya, Estado Sucre, y KARLA JOSÉ GUERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.574.159, domiciliada en la calle Bolívar; Las Parcelas, casa s/n., detrás de los apartamentos de Vela de Coro, Cumaná, Estado Sucre.- Así se decide.-

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-

Dada, firmada y sellada en la sala de juicio del tribunal de Protección del niño y del adolescente de la circunscripción Judicial del estado Sucre. En Cumaná a los veintitrés (23) días del mes de abril del año dos mil siete (2.007).- año 196° de la Independencia y 148° de la Federación.-
EL JUEZ N° 01



ABG. JESÚS SALVADOR SUCRE R.

LA SECRETARIA


ABG. LUISA MARQUEZ RAMOS



Homologación: Régimen de Visitas
Partes: KARLA JOSÉ GUERRA y IVAN JOSÉ CENTENO
Exp. N° TP1-3242-07
JSSR/LMR/luisa.-