REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CAJIGAL,
SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO SUCRE.-
Yaguaraparo, 23 de Abril de 2007.-
197° Y 148°
Demandante: Zulay Roselys González González, Progenitora de la Niña: (Omisis).-
Demandado: Javier José Salazar Rodríguez.-
Materia: PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE.-
Motivo: SOLICITUD DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA.-
Expediente: 286-2007.-
Sentencia: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.-.
Visto el acuerdo conciliatorio entre las partes Ciudadanos: Zulay Roselys González González y Javier José Salazar Rodríguez, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Números V- 19.330.551 y V.- 16.893.248, respectivamente, Domiciliados la primera en Calle Bermúdez, Sector la Playa, Yaguaraparo Municipio Cajigal del Estado Sucre, y el segundo en Calle Guanoco Sector Guanoco Yaguaraparo Municipio Cajigal del Estado Sucre, logrado por ante este Tribunal, quienes convinieron en fijar el Régimen de Obligación Alimentaria para su hija (Omisis), de mutuo acuerdo en donde el Ciudadano: Javier José Salazar Rodríguez, convino en pasarle a su hija, la cantidad de Cien Mil Bolívares (Bs.100.000,oo) Quincenales, más Ocho (08) Cesta Tickets mensual y cubrirá con los gastos propios del mes de Diciembre y en caso de enfermarse la niña aportará el 50% para los gastos de Médico y Medicina; Estando presente la Ciudadana: Zulay Roselys González González , manifestó estar de acuerdo con lo ofrecido por el padre de su hija y solicitó que le sean entregados los mismos personalmente.- Teniendo esta acta de conciliación carácter de documento público y no siendo contraria a derecho, ni violatoria de normas de orden público, que al contrario beneficia a los Adolescentes antes mencionados, por cuanto mantienen una decisión entre las partes de proceder a cumplir con la obligación legal y natural de los Progenitores. En consecuencia este Juzgado del Municipio Cajigal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando, justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los Ciudadanos: Zulay Roselys González González y Javier José Salazar Rodríguez, Venezolanos, Mayores de Edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Números V- 19.330.551 y V.- 16.893.248, respectivamente, Domiciliados la primera en Calle Bermúdez, Sector la Playa, Yaguaraparo Municipio Cajigal del Estado Sucre, y el segundo en Calle Guanoco Sector Guanoco Yaguaraparo Municipio Cajigal del Estado Sucre; Da carácter de Cosa Juzgada, y ordena el archivo del expediente y su remisión al Archivo Judicial.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado del Municipio Cajigal del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Yaguaraparo a los Veintiséis (23) Día del mes de Abril de 2.007.- Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación
La Jueza Provisoria,
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Abg. Carmen Montaño López.-
La Secretaria,
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T.S.U. Coromoto Gamboa Zorrilla.-
Nota: En esta misma fecha que antecede se cumplió con lo ordenado.- Conste.-
La Secretaria,
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T.S.U. Coromoto Gamboa Zorrilla.-
CML/Cgz.-
Exp. Nro-286-2007.
Sentencia N°007-2007
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