REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
Carúpano, 23 de Abril del 2007
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-000971
ASUNTO: RP11-P-2007-000971

SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE LIBERTAD PLENA

Verificada Audiencia de Presentación de imputado, en el asunto signado con el N° RP11-P-2007-971, donde la Fiscal Séptimo del Ministerio Público Dr. Pedro Navarro, presentó al ciudadano German del Valle Lugo Sucre, por estar incurso en la presunta comisión del delito de Uso Indebido de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 281 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Así mismo solicito se le acuerde alguna Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal pasa a dictar sentencia en los siguientes términos:

DISPOSITIVA

Oído lo manifestado por las partes y revisada minuciosamente las actas que conforman el presente asunto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LIBERTAD PLENA al ciudadano German del Valle Lugo Sucre, Venezolano, Soltero, de 18 años de edad, nacido en fecha 11-11-1988, titular de Cédula de Identidad N° V-19.189.215, de Profesión u Oficio indefinido, domiciliado en Guayacán de Las Flores, Sector Los Antaños, casa N° 1 Carúpano Estado Sucre, hijo de Gregorio Lugo y Reina Sucre, a quien se le atribuyó la comisión del delito de Uso Indebido de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 281 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, en virtud de que no están llenos los extremos del artículo 250 del C.O.P.P. Líbrese Oficio a la Comandancia de Policía del Municipio Bermúdez junto con boleta de libertad. Se acuerda las copias simples solicitadas. Se insta al Ministerio Público a los fines de que gire las instrucciones necesarias a los fines de que se apertura la correspondiente investigación penal contra los funcionarios que practicaron la detención del ciudadano German del Valle Lugo Sucre, en atención a la solicitud de la Defensa. Remítase el presente asunto a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público una vez transcurrido el lapso legal para ejercer los recursos de ley. Las partes quedaron debidamente notificadas de la presente decisión en audiencia de presentación. Cúmplase.
La Juez Tercero de Control

Dra. Yaunis Villegas Verde
El secretario

Dr. Ygnacio López