REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN CARUPANO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
Carúpano, 9 de Abril de 2007
196º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-000812
ASUNTO: RP11-P-2007-000812


Concluido el desarrollo de la presente Audiencia de Presentación de Imputado, oído lo manifestado por la Fiscal del Ministerio Público; quien solicita a este Tribunal Decrete La Libertad Sin Restricciones, al ciudadano Rómulo Rodríguez; oído igualmente lo manifestado por la Defensa, quien se adhiere a la solicitud realizada por el Ministerio Público; este Tribunal pasa a tomar su decisión en base a las siguientes consideraciones: Ciertamente de las actas que conforman el presente asunto, se evidencia la comisión de un delito, el cual es perseguible sólo a instancia de parte agraviada, y cuya competencia corresponde a la fase de Juicio; en atención a ello, este Tribunal Primero de Control, considera procedente la Solicitud de Libertad Sin Restricciones realizada por la representante del Ministerio Público, y así se decide.

DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la Libertad Sin Restricciones al ciudadano RÓMULO JOSE RODRÍGUEZ FLORES, Venezolano, Soltero, de 34 años de edad, Profesión u Oficio: Obrero, nacido el 18-03-72, Titular de la cedula de identidad N° 13.730.213, hijo de Pablo Rodríguez y Brisia Ramona Flores (fallecida) González, con domicilio en el Cerro La estación, Calle El tigre, Casa S/Nº, al lado de la casa de la Señora Rosana Flores, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. Líbrese boleta de libertad junto con oficio respectivo. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público en su debida oportunidad. Cúmplase.
La Juez Primero de Control

Abg. Carmen Susana Alcalá

El Secretario Judicial

Abg. Félix Benítez Millán