ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2003-000014
ASUNTO : RP01-P-2003-000014


Este juzgado una vez revisada la cusa se evidencia la reiteradas incomparecencia de los imputados MIGUEL JOSE VILLARBA RENGEL y DANIEL ENRIQUE CARABALLO BENAVENTE a los llamados que le ha realizado este juzgado a fin de realizar la Audiencia Preliminar, en la causa N° RP01-P-2003-000014, quien son acusados por el delito de HURTO SIMPLE.
Se evidencia de las actuaciones que cursan en el expediente que los imputados MIGUEL JOSE VILLARBA RENGEL y DANIEL ENRIQUE CARABALLO BENAVENTE, han sido debidamente notificado del deber que tienen de asistir a la audiencia preliminar , lo que a opinión de este juzgado los mismos están asiendo caso omiso al mismo , y de esta forma estan obstaculizando el proceso .
Este Tribunal vista la información suministrada y habiendo agotado los llamados correspondientes, sin tener a la presente en el expediente que tales incomparecencia hayan tenido una causa justificada por parte de los imputados MIGUEL JOSE VILLARBA RENGEL y DANIEL ENRIQUE CARABALLO BENAVENTE, es por lo que considera procedente y ajustado a derecha librar orden de captura, por considerar que los imputados están obstaculizando el proceso, ya que teniendo conocimiento que se le sigue un procedimiento penal, considera quien aquí decide que debe estar atentos y pendiente del proceso penal que se le sigue
Por las consideraciones antes expuesta este tribunal primero de Juicio administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda se libre orden de captura para los MIGUEL JOSE VILLARBA RENGEL venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.17.909.262, domiciliada en la Urb. Brasil, sector II, Vereda 19, Casa N° 01 Cumaná Estado Sucre y DANIEL ENRIQUE CARABALLO BENAVENTE, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.16.314.513, domiciliada en la Urb. Brasil, sector II, Vereda 21, Casa N° 04 Cumaná Estado Sucre a todos los cuerpos policiales, librese notificación a las partes.
EL JUEZ CUARTO DE CONTROL

ABG. ANADELI LEON DE ESPARRAGOZA LA SECRETARIA
ABG. DESIREE BARRETO