ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-000447
ASUNTO : RP01-P-2007-000447

Vista la solicitud de DESESTIMACION de la denuncia, presentada por el Dr. JOSE ALBERTO MORILLO TORRELLAS Fiscal Primera del Ministerio Público, en la que señala que la denuncia realizada por el ciudadano ANGELA DEL VALLE MAIZ BRUZUAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 8.640.331, domiciliada en la Urbanización Cruz Rojas calle Santa Rosa, Cumaná Estado Sucre, donde realizo denuncia en contra de la ciudadana GLADIS VALERIO MARVAL, manifestando que esta ciudadana había emitido cheques sin provisión de fondo..”
.” Este Tribunal para decidir observa lo siguiente:
1º) Cursa al folio 03, denuncia de la ciudadana ANGELA DEL VALLE MAIZ BRUZUAL, donde realizo denuncia en contra de la ciudadana GLADIS VALERIO MARVAL, manifestando que esta ciudadana había emitido cheques sin provisión de fondo..”
Una vez analizadas las Actas que conforman la presente causa quedó demostrado que la misma no constituye delito de acción pública, por cuanto la emisión de cheque sin provisión de fondo es un delito de acción privada la cual debe procederse a instancia de parte agraviada, por lo que no existiendo delito la denuncia debe ser desestimada.
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Decreta con lugar la solicitud de DESESTIMACIÓN, realizada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, que realizara el ciudadano ANGELA DEL VALLE MAIZ BRUZUAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 8.640.331, domiciliada en la Urbanización Cruz Rojas calle Santa Rosa, Cumaná Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser un delito de instancia privada. Notifíquese a las partes. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público en su lapso legal.
La Jueza Cuarto de Control
Dra. ANADELI LEON DE ESPARRAGOZA
La Secretaria
Dra. DESIREE BARRETO
Nota: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
Dra. DESIREE BARRETO