REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 12 de Abril de 2007
196º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-S-1996-000002
ASUNTO : RJ01-S-1996-000002

Visto que en el presente asunto no se ha podido realizar la audiencia preliminar por las reiteradas ausencias del imputado Héctor Jesús Fernández González, quien en fecha 28-09-04, este Tribunal le acordó una medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad consistente en presentaciones cada 15 días, aun así se evidencia del sistema Juris 2000, que el referido imputado solo se presento en una oportunidad, circunstancia esta que a criterio de quien decide demuestran su poca voluntad de someterse al proceso penal, y establece el articulo262 del Código Orgánico Procesal que las medida cautelar será revocada por el juez de control de oficio o a solicitud del Ministerio Publico en los casos siguientes: ordinal 3. “ cuando incumpla sin motivo justificado una cualquiera de las presentaciones a que esta obligado.
Asi las cosas estima quien decide procedente decretar orden de aprehensión contra el imputado Héctor Jesús Fernández González y asi se decide.
Por todos los razonamientos de hecho y derecho antes expuestos este Tribunal Tercero de Control administrando justicia en nombre de la Republica y Por autoridad de la Ley ordena la aprehensión del imputado Héctor Jesús Fernández González, quien es Venezolano, mayor de edad, nacido en fecha17-12-1966, residenciado en calle Venezuela casa 72 Puerto La Cruz Estado Anzoátegui y titular de la cedula de identidad 9.456.968. quien unas vez aprehendido debe ser recluido en la comandancia de policía del Estado Sucre, a la orden de este Tribunal Tercero de control. Librese boleta de encarcelación y junto con oficio remítase al Cuerpo de investigaciones Científicas penales y Criminalisticas sud delegación cumana, a La Policía del Estado y a la Guardia Nacional.
El Juez Tercero de Control
Abg. José Alejandro Alcalá
La secretaria
Abg. Maria Martínez