REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-000978
ASUNTO : RP01-P-2007-000978
Vista la solicitud formulada por la Abg. Rita Petit, en su carácter de Fiscal Décima del Ministerio Público, quien pidió sea decretada libertad sin restricciones del ciudadano Rodríguez Francisco Javier, titular de la cédula de identidad Nro. 12.665.450, de 31 años de edad, nacido en fecha 04/10/75, soltero, de profesión u oficio Chofer, venezolano, natural de esta ciudad, residenciado en Brasil, Sector 02, vereda 37, casa N° 03, de esta ciudad; que existiendo elementos serios para hacerle una imputación criminal y solicitarle medida de coerción personal, a pesar de haber sido aprehendido por funcionarios del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, al momento que golpeaba a una ciudadana quien se identifico como Jessica Carolina Vegas Ramos y puesto a la orden de esa fiscalía, por cuanto la victima no quiso acudir al Médico Forense y ha manifestado no querer nada en contra de su concubino; considerando que la falta de Medicatura Forense, es un requisito indispensable para acreditar las lesiones; este Tribunal observa que en efecto el referido ciudadano, fue puesto a la Orden de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, por funcionarios del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, que intervinieron en una situación generada en el perímetro de la ciudad en la Av. Cancamure, específicamente frente a la Panadería la Mansión de Sucre, donde observaron cuando un ciudadano golpeando a una ciudadana en plena vía pública, al que le dieron la voz de alto, el cual opuso resistencia, viéndose los funcionarios en la necesidad de utilizar la fuerza pública. Consta al folio 4, entrevista a la victima Jessica Carolina Vegas Ramos; al folio 6, entrevista a un testigo; al folio 12, constancia que el ciudadano Rodríguez Francisco Javier, NO registra antecedentes policiales; al folio 13 cursa Acta de Investigación dejando constancia de haberse entrevistado con la victima Jessica Carolina Vegas Ramos, quien manifestó que no comparecería ante la Medicatura Forense, ya que no quería que su concubino Francisco Javier Rodríguez estuviese detenido, es decir nada denota, que la victima ejerza sus derechos; lo que hace nacer muchas dudas con relación a la imputación de algún delito contemplado en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por lo que resulta ajustado a derecho y a los hechos narrados, la solicitud fiscal y en consecuencia debe ser declarada con lugar y así se decide.
Con fundamento en todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Control, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de libertad plena a favor del ciudadano Rodríguez Francisco Javier y en consecuencia Ordena su Libertad Inmediata, una vez impuesto de la solicitud fiscal y de la presente decisión. Líbrese notificación a la victima.
La Jueza Segundo de Control
ABG. RUTH MERY PINEDA RAMIREZ
La Secretaria
ABG. MARIA MARTINEZ