REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 20 de Abril de 2007
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-001197
ASUNTO : RP01-P-2007-001197



Vista la solicitud formulada por el Abg. Cesar Humberto Guzmán Figuera, en su carácter de Fiscal Décima Primero del Ministerio Público, quien pidió sea decretada libertad del ciudadano Henry José Marval, titular de la cédula de identidad Nro. 18.581.631, de 19 años de edad, nacido en fecha 03/10/1987, soltero, de profesión u oficio Indefinido, venezolano, residenciado en la Urbanización La Llanada, Sector Mi pequeña Venecia, casa N° 03, Cumaná, Estado Sucre; quien fue aprehendido en fecha 19/04/2007 por funcionarios adscritos al IAPES,… al momento de huir de la comisión….en su carrera lanzó al piso un envoltorio de papel sintético… el cual contenía en su interior 122 envoltorios de papel aluminio… con.. presunta droga de la denominada Crack… logrando saltar por el fondo de una residencia e introduciéndose en la misma.. encontrarlo dentro… En consecuencia se puede observar que en dicha acta policial se deja constancia de la detención del referido ciudadano y de la incautación de la presunta droga denominada crack, mas sin embargo de la misma también se evidencia que durante el procedimiento, no hubo la presencia de personas que fungieran como testigos presénciales y que puedan corroborar que dicho ciudadano lanzo la presunta sustancia estupefaciente y así se ratificar el dicho de los funcionarios. En razón de ello, esta representación fiscal, solicita la LIBERTAD de prenombrado ciudadano, a fin de continuar con la investigación a objeto de determinar si estamos en presencia de un hecho punible y en caso positivo, quien es el autor o autores del mismo; este Tribunal observa, que resulta ajustado a derecho y a los hechos narrados, la solicitud fiscal y en consecuencia debe ser declarada con lugar y así se decide.

Con fundamento en todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Control, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de libertad plena a favor del ciudadano Henry José Marval, titular de la cédula de identidad Nro. 18.581.631, de 19 años de edad, nacido en fecha 03/10/1987, soltero, de profesión u oficio Indefinido, venezolano, residenciado en la Urbanización La Llanada, Sector Mi pequeña Venecia, casa N° 03, Cumaná, Estado Sucre, y en consecuencia Ordena su Libertad Inmediata, una vez impuesto de la solicitud fiscal y de la presente decisión. Cumplase.-
La Jueza Segundo de Control,
ABG. RUTH MERY PINEDA RAMIREZ
La Secretaria,
ABG. MARY CRUZ SALMERON