REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002326
ASUNTO : RP01-P-2006-002326
Visto el escrito presentado en fecha 27/02/2007 y 21/03/2007, por el ciudadano Francisco Javier Brito, cédula de identidad N° 8.639.076, de este domicilio, en su carácter de victima de la presente causa; quien en sus escritos hace una recapitulación del hecho ilícito que se investiga en la presente causa, aunado a que en los mismos narra diferentes hechos, los cuales a su consideración, ha habido “…negación de justicia y retardo procesal…” por parte de la Vindicta Pública, aunado a solicitudes varias relacionadas con la investigación que aquí se sigue, solicitando, “…al fiscal de Derechos Fundamentales al igual que al personal que allí labora, que actúen con celeridad…”; Requiriendo, a este Tribunal, que se le envié oficio al ciudadano Fiscal Superior al igual que al Fiscal de los Derechos Fundamentales, para que fijen un lapso prudencial para que presenten su acusación sobre acto conclusivo, no menor de treinta ni mayor de ciento veinte días; es así, que revisado el contenido de ambos escritos; aunado a lo solicitado en escrito de fecha 02/04/2007, por la Abg. Ángela García, Fiscal Auxiliar Octava del Ministerio Público con Competencia en Protección de Derechos Fundamentales del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre; este tribunal a tenor a lo establecido en las leyes vigentes, en amparo al Principio de Igualdad entre las partes, y conforme a lo dispuesto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal; ACUERDA fijar para el 25 de mayo del 2007 a las 10:00 de la mañana, la realización de Audiencia Especial, a los fines de decidir en relación a los Requerimientos, interpuestos por el ciudadano Francisco Javier Brito, cédula de identidad N° 8.639.076, residenciado en la calle Rendón N° 120, teléfono 0414.777.84.24, de esta ciudad. En consecuencia líbrese boleta de notificación a la representación fiscal, boleta de citación al ciudadano Francisco Javier Brito y oficio dirigido al Comandante General de la policía de esta ciudad, a los fines que haga comparecer al ciudadano William Rodríguez Herrera, quien debe comparecer el día y hora antes indicada, acompañado de su abogado de confianza ABG. Alberto Terius. Notifíquese a las partes, sobre la presente decisión, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
La Jueza Segundo de Control
ABG. RUTH MERY PINEDA RAMIREZ
La Secretaria
ABG. MILAGROS DEL VALLE RAMIREZ