REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
SUCRE, CRUZ SALMERON ACOSTA Y MONTES
PRIMER CIRCUITO
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
SUCRE – CUMANA

En el día de hoy viernes veintidós (22) de septiembre de 2006, siendo las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada por el tribunal para que tenga lugar la práctica de la presente medida de notificación previa la habilitación del tiempo necesario se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, presidido por el abogado JUAN ALBERTO MERCHAN FERNANDEZ y fungiendo como secretaria la abogada ANA MERCEDES LEON LOPEZ, en el edificio del Instituto Oceanográfico de la Universidad de Oriente sector cerro colorado, planta baja, en la sede de la Asociación de Empleados de la Universidad de oriente (ASEUDO), a fin de darle cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre en contra de los miembros del consejo directivo de la Asociación de empleados de la Universidad de Oriente (ASEUDO), ciudadanos ORLANDO PEREZ, JESUS GARCIA, MARITZA MARCHAN, RAFAEL GAMBOA, SIMON MENESSES, VICENTE FERRER, CRUZ GUACARAN, DONNE LOPEZ, LEANNY LEAL, ROBERT MILLAN, GISELA SANCHEZ Y EYANIR LUNAR, consistente en informar a dicha junta directiva de la Asociación de Empleados de la Universidad de Oriente (ASEUDO), que se dejó sin efecto jurídico alguno la decisión tomada por los integrantes de su junta directiva, reunidos en Caicara del Orinoco, Estado Bolívar en fecha 28 de mayo de 2005, al asumir ilegítimamente la representación exclusiva del gremio del personal Administrativo de la Universidad de Oriente y designaron a los dos (02) integrantes de la junta directiva del fondo de jubilaciones y pensiones del Personal Administrativo de la Universidad de Oriente, que debieron ser designados por todos los representantes de dicho gremio. Seguidamente el tribunal, procedió a tocar la puerta de la sede de ASEUDO, y fue atendido por la ciudadana MARITZA COROMOTO MARCHAN, titular de la cédula de identidad N° V-5.705.941 y por el ciudadano ISIDRO JOSE MORILLO MEJIAS, titular de la cédula de identidad N° V- 574.577, manifestando la primera de los nombrados ser secretaria de actas y correspondencias de ASEUDO, y el segundo ser delegado de ASEUDO ante la Federación Nacional de Trabajadores de Educación Superior de Venezuela (FENATESV), los cuales dieron libre acceso al tribunal y fueron notificados e informados de la decisión objeto de la presente comisión, a lo cual expusieron: “Nos damos por notificados e informados de la decisión del tribunal de la cual nos acaba de imponer este tribunal Ejecutor de Medidas. Es todo”. En este estado el tribunal, informados como han sido los ciudadanos MARITZA COROMOTO MARCHAN e ISIDRO JOSE MORILLO MEJIAS en su carácter que consta ut-supra, da por cumplida la misión que le fuera encomendada a este tribunal por el juzgado comitente, y no habiendo más diligencias que practicar ordena el regreso a su sede siendo las 10:30 minutos de la mañana. Es todo. Terminó. Se leyó y firman.
EL JUEZ EJECUTOR DE MEDIDAS
ABG. JUAN ALBETO MERCHAN FERNANDEZ (FDO)

LOS NOTIFICADOS (FDO)


LA SECRETARIA

ABG. ANA MERCEDES LEON LOPEZ (FDO)