REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
Carúpano, 29 de Septiembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-003100
ASUNTO: RP11-P-2006-003100
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ACUERDO REPARATORIO
Esta juzgadora pasa a decidir después de haber oído las manifestaciones hechas por las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el Acuerdo Reparatorio celebrado entre las partes en contra del imputado JESÚS ANTONIO MALAVÉ GONZÁLEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 20.376.117, soltero, de 18 años de edad, nacido en fecha 31-03-88, de profesión u oficio comerciante, hijo de Carmen Malavé y Régulo Rojas y domiciliado en el cerro la Gata, Final de calle Acosta, casa Nº 36, Carúpano, Estado Sucre; por estar incurso en la comisión del delito de ROBO LEVE, previsto y sancionado en el artículo 456, último aparte, del Código Penal, en perjuicio de la Ciudadana: Mindalia Elena Lopez Rodulfo; todo de conformidad con lo establecido en los artículos de conformidad con lo previsto en el articulo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, y se Decreta la Extinción de la Acción Penal de conformidad con lo establecido en el articulo 48 ordinal 6ª del Código Orgánico procesal penal y en Consecuencia el sobreseimiento de la Causa de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3ª del Código Orgánico procesal penal, Se acuerda expedir las copias simples a las partes, se acuerda su inmediata libertad. Lìbrese oficio al comandante de la policía de esta ciudad junto con boleta de libertad. Remítase la causa en su debida oportunidad al Tribunal de Ejecución en su debida oportunidad.- Es todo.- Terminó, se leyó y conformes firman:
La Juez Quinto de Control
Abg: Ysmenia Fernández Hernández
La Secretaria
Abg. Ruthselly Guerra
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