REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
Carúpano, 25 de Septiembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-003102
ASUNTO: RP11-P-2006-003102

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
LIBERTAD PLENA.

Esta Juzgadora pasa a decidir, vista la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad; hecha por el Ministerio Público a favor del mencionado imputado esta juzgadora pasa a decidir Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del ciudadano RAMON ERNESTO RODRIGUEZ, venezolano, Soltero, de 19 años de edad, nacido en fecha 12-06-1987, titular de Cédula de Identidad N° 19.797.147, de profesión u oficio Estudiante, domiciliado en Fundemos, calle 9, casa N° 353, Maturín, Estado Monagas; hijo de Omaira Emilia Rodríguez Figueroa y Ramón Silva, en virtud de que la actas presentada por la representación Fiscal no presenta suficiente elementos de convicción para decretarle la medida solicitada por la representación fiscal, es por lo que se acuerda la Liberta Plena, Todo de conformidad con lo establecido en el articulo 44 y 49 del la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, Asimismo se acuerda al imputado el examen medico forense solicitado por la defensa y se insta al Fiscal del Ministerio Publico a que apertura la investigación penal en contra de las personas que le causaron la lesiones al ciudadano Ramón Ernesto Rodríguez. Asi mismo se acuerda que la causa continue por la vía del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 de la Norma Adjetiva Penal; Líbrese Boleta de Libertad y junto con oficio remítase a la Comandancia de Policía del Municipio Bermúdez. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Quinto de Control

Abg. Ysmenia Fernández

El Secretario Judicial

Abg. Jesús García