REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 26 de Septiembre del 2006.
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2003-000025
ASUNTO : RJ01-X-2005-000022
Visto el escrito suscrito por la Abogada. OMAIRA DEL VALLE CENTENO en su carácter de Defensora Pública Penal del penado: RANDY JOSE PERDOMO, en donde le solicita a este tribunal autorización para el traslado del referido hacia el Hospital Central de esta ciudad, con carácter de Urgencia, por presentar él mismo padecimiento de salud; este Tribunal analizado el presente escrito considera que la salud es un derecho social fundamental, de obligatorio cumplimiento por parte del estado, quien lo garantizará como parte del derecho a la vida. Por lo tanto, este Tribunal Segundo de Ejecución, como garantista de los principios constitucionales, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda Autorización para el traslado del penado: RANDY JOSE PERDOMO Titular de la Cédula de Identidad No-13.598.127 al Hospital Central de esta ciudad, con carácter de Urgencia, por presentar padecimiento de salud, visto el planteamiento formulado por la Defensa Pública Penal, Abogada. Omaira del Valle Centeno, debiendo tomar el centro reclusorio todas las medidas de seguridad que amerita el caso. Líbrese Oficio
El Juez Segundo de Ejecución.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
El Secretario.
Abg. Simón Malave