REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 19 de Septiembre del 2006.
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-007682
ASUNTO : RP01-P-2005-007682

Visto el oficio No-308 de fecha: 07-09-06 suscrito por el T.S.U LUIS VILLACINDA en su carácter de Director del Internado Judicial de Cumaná, en donde le solicita a este Tribunal autorización para el traslado de la interna: CARMEN COLON al Hospital Central de esta ciudad de Cumaná, en la especialidad de cirugía, en razón de que la referida tiene consulta el día: 19-09-06 a las 7:00 a.m; este Tribunal Segundo de Ejecución, una vez analizado el presente oficio, sostiene que la salud es un derecho social fundamental que debe ser garantizado por los administradores de justicia como parte del derecho a la vida y más aún en las personas privadas de su libertad, por lo tanto este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Autoriza el traslado de la interna: CARMEN COLON Titular de la Cédula de Identidad No-5.078.438 al Hospital Central de esta ciudad, en la especialidad de cirugía, el día: 19-09-06 a las 7:00 am, debiendo tomar el Director del Internado Judicial de Cumaná, todas las medidas pertinentes de seguridad que requiere el caso. Remítase la presente autorización vía fax, prescindiéndose del oficio correspondiente por el breve tiempo.
El Juez Segundo de Ejecución.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
El Secretario.
Abg. Simón Malavé.