REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Cumaná, 7 de Septiembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000191
ASUNTO : RP01-P-2004-000191


Visto el oficio N° 303 de fecha 06/09/2006 suscrito por T.U.S. LUIS VILLACINDA, en su carácter de Director del Internado Judicial de Cumaná, donde informa que el interno LUIS DOMINGO BUTTO MARVAL, titular de la cédula de identidad N° V-22.262.072, tiene consulta el día 11/09/2006 a las 3:00 de la Tarde en el Ambulatorio SALVADOR ALLENDE de esta ciudad a los fines de asistir a una cita de Odontología (Prótesis dañada, incisivo inferior) y solicita autorización para trasladarlo hasta el referido Ambulatorio para la fecha y hora pautada; en virtud de ello y visto que dicho petitorio no es contrario a derecho, este Juzgado Primero de Ejecución como garante de los derechos del penado LUIS DOMINGO BUTTO MARVAL, titular de la cédula de identidad N° V-22.262.072, entre ellos el derecho a la salud, acuerda oficiar a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, para que realice las gestiones necesarias a los fines que el penado de autos sea trasladado con las estrictas seguridades que el caso amerite hasta el Ambulatorio SALVADOR ALLENDE de esta ciudad a los fines de asistir a una cita de Odontología (Prótesis dañada, incisivo inferior) el día 11/09/2006 a las 3:00 de la Tarde Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 10, 64, y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Librese oficio respectivo. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
La Jueza Primero de Ejecución
MARLENY MORA SALAS

La Secretaria