REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Cumaná, 20 de Septiembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-1997-000015
ASUNTO : RL01-P-1997-000015


Visto el oficio N° 340 suscrito por T.U.S. LUIS VILLACINDA, en su carácter de Director del Internado Judicial de Cumaná, donde informa que el interno AMUNDARAY CARVAJAL JUAN CARLOS, titular de la cédula de identidad N° V.- 13.762.500, requiere ser trasladado el día 02/10/2006 a las 07:00 AM al Hospital Central de esta Ciudad para una cita en la Especialidad de Cirugía; en virtud de ello y visto que dicho petitorio no es contrario a derecho, este Juzgado Primero de Ejecución como garante de los derechos ciudadanos del penado AMUNDARAY CARVAJAL JUAN CARLOS, titular de la cédula de identidad N° V.- 13.762.500, entre ellos el derecho a la salud, acuerda oficiar a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, para que realice las gestiones necesarias a los fines que el penado de autos SEA TRASLADADO CON LAS ESTRICTAS SEGURIDADES QUE EL CASO AMERITE HASTA EL HOSPITAL CENTRAL DE ESTA CIUDAD EL DIA DOS (02) DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO A LAS 07:00 AM. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 10, 64, y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Librese oficio respectivo. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
La Jueza Primero de Ejecución
MARLENY MORA SALAS

El Secretario
LUIS ALFREDO PRIETO