REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002412


Visto el escrito de solicitud de fecha 12 de septiembre del 2006, presentado por la Dra. Mariuska Gabaldón Rojas, Fiscal Séptima de la Fiscalía del Ministerio Público, donde solicita la desestimación de la denuncia de Israel Antonio Córdova Acosta, en contra del ciudadano Jairo González, en virtud de que los hechos no revisten carácter penal; este Tribunal ante de decidir observa lo siguiente: que en fecha 01 de septiembre del dos mil seis; realizó denuncia Israel Antonio Córdova Acosta, en contra del ciudadano Jairo González, por un presunto reclamo que le hiciera a éste último por haberle matado un cochino, lo que motivó que Jairo González lo denunciara por amenazas, lo que evidentemente no constituye delito, en último caso, quien tendría legitimación para accionar sería Jairo González por las supuestas amenazas, pero procedería la denuncia a instancia de parte agraviada. Ahora bien, quien acudió a la Fiscalía fue Israel Córdova y lo denunciado no constituye delito alguno.

En consecuencia este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda desestimar la denuncia de Israel Antonio Córdova Acosta, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.340.478, en contra del ciudadano Jairo González, en virtud de que los hechos no revisten carácter penal. Todo de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Es Todo, cúmplase y notifíquese a la Fiscalía Séptima y al Denunciante.

El Juez

El Secretario

Douglas José Rumbos Ruiz

Jesús Milano Savoca