REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 18 de Septiembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-007637
ASUNTO : RP01-P-2005-007637
Visto el escrito presentado por el Abg. ERMILO JOSE ROSALES ADARMES, en su carácter de Fiscal (ENC.) Quinto del Ministerio Público, mediante la cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del imputado JOSE APOLINAR CARVAJAL GUILLEN, titular de la cédula de identidad N° 8.639.061 por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES EN ACCIDENTE DE TRANSITO, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 1 del Código Penal Vigente al momento de los hechos, en perjuicio del niño JOHAN JOSE VICENTE PEÑA, hecho ocurrido en fecha 07-09-2004, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 ord. 5° del Código Penal y 318 ord. 3° en concordancia con el artículo 48 ord. 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que la Acción Penal se ha extinguido.
Por todo lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, seguida al ciudadano JOSE APOLINAR CARVAJAL GUILLEN, titular de la cédula de identidad N° 8.639.061 por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS LEVES EN ACCIDENTE DE TRANSITO, previsto y sancionado en el artículo 422 ordinal 1 del Código Penal Vigente al momento de los hechos, en perjuicio del niño JOHAN JOSE VICENTE PEÑA, en virtud de que la Acción Penal se ha extinguido, todo de conformidad con lo establecido en al artículo 108 ord. 5° del Código Penal y 318 ord. 3° en concordancia con el artículo 48 ord. 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase la causa al Tribunal de Ejecución cuando transcurra el lapso de Ley. Envíese a Archivo. Cúmplase
EL JUEZ CUARTO DE CONTROL
ABG. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA
LA SECRETARIA
ABG. DESIREE BARRETO SANTAELLA
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