REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
Tribunal Tercero de Control - Cumaná
Cumaná, 28 de Septiembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002483
ASUNTO : RP01-P-2006-002483
AUTO DESESTIMANDO DENUNCIA
Vista la solicitud, formulada por la ciudadana Abg. Mariuska Gabaldon , en su carácter de Fiscal Séptimo del Ministerio Público, quien pide sea desestimada la denuncia formulada por el ciudadano Antonio Rafael Morales, quien es venezolano, soltero, de profesión u oficio carpintero , residenciada en el Sector 2 vereda 01 casa numero 15 de esta ciudad y portador de la cédula de identidad No. 3.607.703, en contra de un ciudadano a quien nombra como Alonzo , quien amenazo con matar a sus hijos Alfredo Morales y Antonio Gómez, por el cree que fueron ellos quienes lo robaron…. Este Tribunal para decidir observa que en efecto en fecha 22 de septiembre de 2004 el ciudadano: ANTONIO RAFAEL MORALES denunció ante EL DESPACHO FISCAL , lo antes señalado, precisando las circunstancias de modo, tiempo y lugar del hecho.
Ahora bien, el hecho denunciado, pudiera encuadrarse en el delito de amenazas, previsto y sancionado en el artículo 175, segundo aparte del Código Penal, que es un delito enjuiciable solo previa querella de la parte amenazada, tal como lo dispone la misma norma, por lo que el Ministerio Público no puede ordenar la apertura de una investigación penal en estos casos, corresponder el enjuiciamiento, solo a instancia de la parte agraviada y así se decide.
Con fundamento en lo expuesto, este Tribunal Tercero de Control Actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar, la desestimación de la denuncia, solicitada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, la cual fue formulada por el ciudadano Antonio Rafael Morales y conforme a lo establecido en el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la remisión de las actuaciones al Ministerio Público en su oportunidad. Notifíquese a la Representación Fiscal y al Denunciante.
El Juez Tercero de Control
Abg José Alejandro Alcalá
La Secretaria
Abg. Rosiflor Blanco