REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
Tribunal Tercero de Control - Cumaná
Cumaná, 28 de Septiembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-001906
ASUNTO : RP01-P-2006-001906


DESESTIMACION DENUNCIA


Vista la solicitud, formulada por la ciudadana Abg. RITA LORENA PETIT en su carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Público, quien pide sea desestimada la denuncia formulada por el ciudadano Francisco José Cortéz quien es venezolano, , soltero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en el barrio guarataro de Miramar casa sin numero Estado Sucre y portador de la cédula de identidad No. 5.521.475, en contra de un ciudadano a quien nombra como el “Purga” lo amenazó diciéndole que le iba a caer a tiro la casa; este Tribunal para decidir observa que en efecto en fecha 13 de Julio de 2006 el ciudadano: Francisco José Cortez, denunció ante el Departamento de Investigaciones Penales del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, lo antes señalado, precisando las circunstancias de modo, tiempo y lugar del hecho.

Ahora bien, el hecho denunciado, pudiera encuadrarse en el delito de amenazas, previsto y sancionado en el artículo 175, segundo aparte del Código Penal, que es un delito enjuiciable solo previa querella de la parte amenazada, tal como lo dispone la misma norma, por lo que el Ministerio Público no puede ordenar la apertura de una investigación penal en estos casos, corresponder el enjuiciamiento, solo a instancia de la parte agraviada y así se decide.

Con fundamento en lo expuesto, este Tribunal Tercero de Control Actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar, la desestimación de la denuncia, solicitada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público, la cual fue formulada por el ciudadano Francisco José Cortez y conforme a lo establecido en el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la remisión de las actuaciones al Ministerio Público en su oportunidad. Notifíquese a la Representación Fiscal y al Denunciante.
El Juez Tercero de Control

Abg. José Alejandro Alcalá

La Secretaria

Abg. Rosiflor Blanco