JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, MARITIMO, BANARIO Y TRANSITO DEL PRIMER IRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Cumaná, 18 de Octubre de 2006.
196° y 147°
Por cuanto de la revisión de las actas procesales este Tribunal observa:
PRIMERO: Que cursa a los folios 133 al 134 transacción judicial celebrada entre las partes en la que se acordó que la demandada cancelaría la cantidad de CIENTO TREINTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 130.000.000,oo) al accionante, la cual cubriría todos los conceptos demandados., cuyo pago se haría según lo estipulado en la cláusula cuarta, en forma fraccionada de la siguiente manera:
Bs. 60.000.000,oo ------- el día 30-05-06
Bs. 20.000.000,oo ------- el día 30-06-06
Bs. 20.000.000,oo ------- el día 31-07-06
Bs. 30.000.000,oo ------- el día 15-09-06
SEGUNDO: Que en fecha 02-06-06 este Juzgado impartió Homologación a la mencionada Transacción Judicial, mediante sentencia dictada al efecto.
TERCERO: Que en fechas 31-05-06, 30-06-06, 31-07-06 y 19-09-06, la parte accionada canceló a través de cheques por las sumas de Bs. 60.000.000,oo, Bs. 20.000.000,oo, Bs. 20.000.000,oo y Bs. 30.000.000,oo, respectivamente, a favor del demandante, según se evidencia de los folios 136 al 138, 145 al 148, 149 al 151 y 151 al 154, en ese orden, con lo cual se constata el cumplimiento total de lo estipulado en la Cláusula Cuarta de la Transacción Judicial homologada.
Hechas las anteriores observaciones y vista la diligencia suscrita en fecha 19-09-06 por los abogados KATTY KABBABE, apoderada Judicial de la demandada, y JOSE ANTONIO MORENO, apoderado de la parte actora (folio 155), mediante la cual solicitan a este Tribunal el archivo del expediente, este Órgano Jurisdiccional, acreditado como se encuentra en autos el pago de totalidad de la suma acordada en la transacción tantas veces nombrada, acuerda lo solicitado por la diligenciante y, en consecuencia, declara TERMINADO el presente procedimiento y asimismo ordena el archivo del expediente. En este mismo orden de ideas, se ordena la devolución al accionante, de los documentos originales que se encuentran resguardados en la Caja de Seguridad de este Juzgado y cuyas copias certificadas cursan insertas a los folios 13 al 50. Cúmplase.
LA JUEZ PROV.,
Abg. GLORIANA MORENO MORENO.
La Secretaria.,
Abg. KENNY SOTILLO SUMOZA
TERMINADO
Exp. N° 18.333
Juicio: Daños Materiales y Lucro Cesante Ocasionados
Por Hecho Ilícito.
Partes: Jorge. A. Martínez Carreño-S. M. “Cannavo, C.A.”
GMM/ysg.
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