CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano 04 de Octubre del 2006

ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-1999-000530
ASUNTO: RL11-P-1999-000530

SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE CESE DE REGIMEN DE PRUEBA


Visto el oficio N° UTASP-5-505-06, suscritos por la Jefa de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Sucre con sede en Carúpano, Licenciada Delida España, mediante el cual remite a este Tribunal Informe Conductual de Cese de Régimen del Penado GAMBOA JESUS GREGORIO, mediante el cual informa a este Tribunal que el penada ha cumplido con las condiciones impuestas por este Tribunal en fecha 13 de Mayo del 2003, cuando se le otorga la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena correspondiente a la Libertad Condicional. Este Tribunal para decidir sobre lo solicitado, revisó minuciosamente el Sistema Juris 2000, donde pudo constatar que efectivamente el penado GAMBOA JESUS GREGORIO, cumplió con las condiciones impuestas por el Tribunal, por lo que esta Juzgadora considera que lo procedente y ajustado a derecho, es dar por Terminado el Régimen de Prueba y así se decide.

DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, ACUERDA dar por Terminado el Régimen de Prueba, impuesto al penado GAMBOA JESUS GREGORIO, venezolano, titular de la cédula de identidad n° 14.716.103, comerciante, domiciliado en callejón Sucre, frente al Hospital “Núñez Tovar” transversal Avenida Bolívar Maturín Estado Monagas, por la comisión del delito de Trafico Ilícito de Estupefacientes, en perjuicio de la Colectividad, quien fue condenado a cumplir la pena de Diez (10) años de Prisión, mas las accesorias de ley; en virtud de haber finalizado satisfactoriamente el Régimen de Prueba por la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena correspondiente a Libertad Condicional. Ahora bien por cuanto la penada le falta por cumplir las penas accesorias de ley, se acuerda fijar audiencia para el día 24 de Octubre del 2006, a las 2:00 de la tarde, a fin de imponer al Penado del deber en que se encuentra de cumplir con las mismas, por ante la Autoridad Civil competente. Notifíquese a las partes y Librese telegrama al penado.
La Juez Primero de Ejecución
Dra. Yaunis Villegas Verde
El Secretario
Dr. Douglas Rivero