REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
Carúpano, 9 de octubre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-001884
ASUNTO: RP11-P-2006-001884
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
Concluido el desarrollo de La Audiencia de Presentación, en el asunto seguido al ciudadano: Omer José López Figueroa, por la presunta comisión del delito de: Lesiones Personales Menos Graves, previsto en el artículo 413, del Código Penal, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio del Adolescente: Helmis José Marchan Acosta, oído lo declarado por el imputado, en cuanto a las circunstancias de tiempo, modo y lugar como ocurrieron los hechos en el cual concluye diciendo que los hechos se suscitaron por provocación y por iniciativa de la victima, lo expuesto y solicitado por el Representante del Ministerio Público, en cuanto a que solicita la libertad del imputado hasta tanto continúen las investigaciones y se presente el respectivo acto conclusivo, lo alegado por la Defensa en relación a que se acoge a la solicitud hecha por el Ministerio Público y de la revisión hecha a las actas que conforman el presente asunto, este Tribunal Decreta la Libertad del ciudadano: López Figueroa Omer José, de nacionalidad venezolana, natural de Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, donde nació el 21-01-86, de 20 años de edad, hijo de Noel López y de Carmen Figueroa, de profesión u oficio Chofer, residenciado en la Calle Principal de la Tubería, casa S/Nº, cerca de la entrada del Caserío Valle Verde, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre y titular de la cédula de identidad Nº V- 18.098.09.- De igual forma se ordena remitir las actuaciones al Fiscal Quinto del Ministerio Público.- Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad y mediante oficio remítase a la Comandancia de Policía de esta ciudad.- Líbrese el oficio de remisión de la presente causa a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público. Ofíciese a la Sub-Delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a los fines de que deje sin efecto la Orden de Aprehensión en contra del ciudadano Omer José López Figueroa. Así se decide. Cúmplase
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El Juez Segundo de Control
Abogado Ramón J. Ponce
La Secretaria
Abogada: Roraima Ortiz
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