REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUINAL PRIMERO DE CONTROL


Carúpano, 18 de Octubre de 2006
196º y 147º



ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-02414
ASUNTO: RP11-P-2006-02414

SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO




Visto el escrito presentado por el Abg. JESÚS MANUEL MANEIRO ROSILLO, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público, mediante el cual solicita a éste Tribunal Primero de Control, EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida a PERSONAS DESCONOCIDAS, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, en perjuicio de JOSÉ BENITO CORNER COELLO (OCCISO), toda vez que el hecho denunciado no puede atribuírsele a persona alguna ya que el mismo se hace atípico, siendo procedente en el presente caso decretar, tal y como solicita el Ministerio Público, el SOBRESEIMIENTO de la causa y así se decide.-


DISPOSITIVA:

Por lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida a PERSONAS DESCONOCIDAS, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, en perjuicio de JOSÉ BENITO CORNER COELLO (OCCISO), por no poder atribuírsele a persona alguna el hecho denunciado, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la decisión. Remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense las notificaciones respectivas. Cúmplase.-
La Juez Primero de Control

Abg. Carmen Susana Alcalá
La Secretaria,

Abg. Mildred De Simone