REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 31 de Octubre del 2006.
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-1991-000001
ASUNTO : RL01-P-1991-000001
Visto el escrito presentado por el ciudadano: MIGUEL JOSE MARQUEZ en su carácter de confinado en la presente causa, quién le solicita a este tribunal se le alarguen sus presentaciones ante la Prefectura del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, a cada Treinta (30) días; en virtud que este tribunal le otorgó el Beneficio de Confinamiento para dicho estado, donde cumple sus presentaciones cada ocho (8) días y el caso es que en la casa donde habita ha tenido muchos inconvenientes hasta el grado de irse de allí, no teniendo en estos momentos un lugar donde vivir en ese estado, lo cual lo dificulta a cumplir con las presentaciones semanales; este Tribunal una vez analizado el presente escrito y cada una de las actas procesales que conforman el presente expediente, observa que efectivamente este tribunal le concedió el Beneficio de Confinamiento al señalado penado al Estado Nueva Esparta en fecha: 11-10-05 quien cumple a cabalidad con su régimen de presentaciones ante la Prefectura del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta tal como se corrobora de constancia emanada de dicha prefectura, situación ésta que hace merecedor al solicitante de lo que plantea; por lo tanto, este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda extender las presentaciones a cada Treinta (30) días al confinado: MIGUEL JOSE MARQUEZ Titular de la Cédula de Identidad No-11.826.711 por ante la Prefectura del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta. Líbrese oficio a la Prefectura del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta.
El Juez Segundo de Ejecución.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaria.
Abg. Osmary Rosales.
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