REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Cumaná, 27 de Octubre de 2006
196º y 147º


ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2003-000110
ASUNTO : RP01-X-2005-000004


En el día de hoy, Veintisiete (27) de octubre del año Dos Mil Seis (2006), se constituye en la sede del internado Judicial, el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, presidido por la Juez Abg. Marleny del Carmen Mora Salas, acompañada del Secretario Abg. Luis Prieto, a los fines de realizar la audiencia para decidir acerca de la revocatoria de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo al Penado ROBERT DEFIIT, a quien se le sigue causa signada RP01-X-2005-00004; se procedió a verificar la presencia de las partes, dejándose constancia que se encuentra presente el Ciudadano Fiscal de Ejecución del Ministerio Público (Aux.) Abg. Vicente Nieves, el penado de autos, debidamente asistido por la Defensora Pública Abg. Carolina Martínez, el Abg. Jesús Campos Ramírez, en su carácter de Delegado de Prueba adscrito a la UTASP de esta ciudad, y el Jefe de Régimen del Internado Judicial, Nelson Freites. Seguidamente El Tribunal procede a informar al penado ROBERT DEFIIT, de los motivos que dieron lugar a esta audiencia y se le explicó con palabras sencillas y entendibles su contenido.
DE LA SOLICITUD FISCAL
Acto seguido se le cede la palabra al Representante del Ministerio Público quien expone: “Ratifico la solicitud de Revocatoria de la Formula Alternativa de cumplimiento de Pena, sustentada por informe de internado judicial de sucre, dado que la falta cometida por el penado ROBERT DEFIIT, y la conducta grosera que presento el penado, por lo que solicito se le revoque la medida y se me expida copia simple del acta.” Es todo.-
DE LO EXPUESTO POR EL REPRESENTANTE DE LA UNIDAD TÉCNICA DE APOYO PENITENCIARIO

Acto seguido, se le cede la palabra al Representante de la Unidad Técnica de Apoyo Penitenciario de esta ciudad quien expone: “Consigno el informe evolutivo del penado Robert Deffitt, y en donde dejo constancia de la receptividad y disposición del penado en las distintas áreas evaluadas, prestando el penado cumplimiento en sus obligaciones, lo que me permite concluir que el penado puede seguir en el cumplimiento de la formula alternativa . Es todo.
DE LO EXPUESTO POR EL JEFE DE REGIMEN DEL INTERNADO JUDICIAL

Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Jefe de Régimen, Nelson Freites, quién expone: Ratifico el informe presentado, ese día el penado llegó borracho con Carpintero, el es un muchacho tranquilo, no se lo que le paso, me insulto y desde entonces no ha vuelto ha suceder ningún otro incidente con este penado.
DE LO EXPUESTO POR EL PENADO
Seguidamente se le concede el derecho de palabra al penado de autos, quién expone: “Ese día yo reconozco que llegue tomado, y que le falte los respetos al señor, pero el otro día yo recapacite y le pedí disculpas, me sentí muy apenado, eso se lo hice saber a mi delegado de prueba, yo quiero que el Tribunal me de la oportunidad de continuar con mi destacamento de trabajo, no voy ha incurrir en más faltas . Es todo.-
DE LO SEÑALADO POR LA DEFENSA
Acto seguido se le cede el derecho de palabra a la Defensora Pública Abg. Carolina Martínez y expone: La defensa considera que se le debe dar la oportunidad al penado de continuar con la formula alternativa de cumplimiento de pena, ya que es la primera vez que el penado se ve envuelto en estos problemas y de acuerdo a lo manifestado por el Jefe de Régimen es un muchacho tranquilo, y no ha vuelto a cometer faltas, aunado al informe evolutivo presentado por el delegado de prueba, en donde especifica los avances evidentes del pendo en las distintas áreas supervisadas, y de las conclusiones del mismo en donde se destaca que el mismo puede seguir cumpliendo con el destacamento de trabajo, por ello solicito se mantenga la formula alternativa de cumplimiento de pena y solicito copia simple del acta. Es todo”
DECISION
Seguidamente este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución, visto lo expuesto por la Fiscalia del Ministerio Público, lo señalado por el Dr. Campos, representante de la UTASP, oído el penado y oído los alegatos de la defensa, este Tribunal Primero de Ejecución en presencia de las partes Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Consta en la presente la presente causa decisión en donde se le otorgo al penado la formula alternativa de cumplimiento de pena, de destacamento de trabajo, en donde se especifican los días de trabajo acordados, así como el horario en que debe cumplir con el mismo, de lo cual fue impuesto el penado. En la presente audiencia el Jefe de régimen Nelson Freites señala que es la primera vez que ese penado asume esa conducta, que es un muchacho tranquilo y que no ha vuelto ha incurrir en faltas. Igualmente el delegado de prueba, Abg Jesús Campos, en el informe evolutivo consignado ante este Tribunal indica los avances alcanzados por el penado en supervisión, además concluye que el mismo puede continuar con el cumplimiento de la formula alternativa de destacamento de trabajo, es por lo que este Tribunal aún cuando el penado reconoció haber cometido la falta, también presto su disposición de corregir la misma, y de no incurrir en más faltas, es por lo que este Juzgado no revoca la formula alternativa de destacamento de trabajo y le impone al penado de las siguientes obligaciones que debe cumplir: No consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes y no portar armas de fuego, además de cumplir con las condiciones ya impuestas. Se acuerda las copias simples solicitadas de la presente acta. Se le solicita al delegado de pruebas que una vez se designe al delegado de prueba que remita a este Tribunal cuáles son las condiciones que le sean impuestas a los penados que este bajo su vigilancia para así junto con el Tribunal revisar si las mismas se han cumplido cabalmente. Ofíciese al Director del Internado Judicial de Cumaná informándole sobre esta decisión. los presentes quedan notificados de conformidad con el artículo 175 del COPP. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman
Juez Primera De Ejecución
Abg. Marleny Del Carmen Mora Salas

Secretario,
Abg. Luis Prieto