REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
Cumaná, 10 de Octubre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-000001
ASUNTO : RP01-P-2006-000001
AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA ABSOLUTORIA
Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de fecha 14 de agosto del año 2006, cursante a los folios: del 246 al 258, ambos inclusive de la única Pieza del expediente; mediante la cual SE ABSUELVE POR UNANIMIDAD al acusado LUIS VICENTE GUEVARA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-16.313.391, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COAUTORIA previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del Ciudadano(OCCISO) VICENTE JOSE RONDON GUEVARA Es por lo que este Juzgado Primero de Ejecución, procede a su ejecución de conformidad a lo dispuesto en el numeral 1, del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y ACUERDA “Por cuanto no hay pena, ni medida alguna que ejecutar definitivamente firme la decisión y concluida como esta la causa, SE ORDENA Oficiar a los Órganos de Seguridad del Estado, a los fines que el prenombrado Ciudadano sea excluido del sistema de SIIPOL en cuanto a la . Notifíquese a las partes Informándoles que se ejecuto la decisión”.