REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 30 de Octubre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-006191
ASUNTO : RJ01-X-2006-000011
Por recibida la presentes actuaciones del Juzgado Segundo de Control, signada con el numero RJ01-X-2006-11, seguida al acusado JOSE FELIX OTERO SILVA, a quien se le esta acusando por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR, en perjuicio de DOMINGO ALBERTO MOTA JARAMILLO (OCCISO).
Este tribunal observa que en la audiencia preliminar el Representante de la Fiscalia Del Ministerio Publico solicito se admitiera la acusación, así como todos y cada uno de los medios de pruebas ofrecidos por ser pertinentes, útiles y necesarios y se ordene el enjuiciamiento para que se condene a la pena correspondiente; así mismo la representación fiscal solicito la acumulación de la presente causa a la causa RP01-P-2005-0006191.
Revisada la causa RP01-P-2005-0006191, se evidencia que la misma se basa sobre los mismos hechos y circunstancias que se plasmado en la causa RJ01-X-2006-11, es decir hay coincidencia en cuanto a los hechos, victimas, así mismo se evidencia que la nomenclatura RJ01-X-2006-11, es un cuaderno separado de la causa principal.
Es de observar que Nuestro código Orgánico Procesal Penal en su articulo 73 establece
Unidad del proceso. Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, auque los imputados sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos auque haya cometido diferentes delitos o faltas, salvo los casos de excepción que establece este Código
Si se le imputan varios delitos será competente el tribunal para juzgar el delito mas grave.
Este artículo contiene una regla esencial de conservación de la continencia subjetiva de la causa penal, algo que los anglosajones sacrifican constantemente en aras del derecho al juicio individual, pues la posibilidad de juzgar por separado a los autores y otros participes de un mismo hecho, puede dar lugar a sentencias contradictorias.
Verificadas que las causas anteriormente señaladas se puede comprobar que las mismas revelan circunstancias que se relaciona con un mismo hecho así como delito es por lo que este tribunal considera oportuno la acumulación de la causa RJ01-X-2006-11 a la causa RP01-P-2005-0006191, debiéndose seguirse la misma por antes el asunto principal y agregar el cuaderno separado al expediente, ordenándose realizar la anotación en el libro de entrada de causa del tribunal.
Es de observar que el asunto principal, esta en la fase de la constitución del tribunal mixto, lo que a criterio de este juzgado considera procedente y ajustado a derecho que la presentes causas acumuladas este en etapa de la Constitución del tribunal Mixto, a fin de evitar dilación indebida que atenta contra la tutela judicial efectiva y el debido proceso, consagradas en nuestra carta magna en los artículos 26 y 49 ordinal 3 ya que el realizar un sorteo seria retrotraer el proceso; por lo que en consecuencia ante la obligación que tenemos los jueces de garantizar la aplicación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en los proceso judiciales en aras de proteger los interese de las partes, mas aun cuando se pude verificar que el abogado Eloy Rengel es parte en ambos expedientes acumulados.
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Juicio actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda la acumulación de la causa RJ01-X-2006-11 a la causa RP01-P-2005-0006191, debiéndose seguirse la misma por antes el asunto principal y agregar el cuaderno separado al expediente, ordenándose realizar la anotación en el libro de entrada de causa del tribunal, visto que el asunto principal, esta en la fase de la constitución del tribunal mixto considera procedente y ajustado a derecho sea notificada a las partes, que la causa a partir de este momento se seguirá por el asunto principal, pautando la constitución del tribunal mixto el día 03-11-2006 a las 8:45 am. Librase Boleta de Traslado y demás notificaciones, citaciones y oficios que hubieren lugar.
Juez Primero de Juicio de Juicio
ABG. ANADELI LEON DE ESPARRAGOZA
Secretario
Abg. KAREN VILLAMIZAR