REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Sexto de Control - Cumaná
Cumaná, 6 de Octubre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002580
ASUNTO : RP01-P-2006-002580

Vista la solicitud formulada por la Abg. INGRID VARGAS, en su carácter de Fiscal Auxiliar Séptima del Ministerio Público, quien pidió sea decretada libertad plena de los ciudadanos RAUL ANTONIO PEREZ ORTIZ y JOSE AGUSTIN MAURERA CORONADO, por considerar que no existen elementos serios para hacerle una imputación criminal y solicitarle medida de coerción personal, a pesar de haber sido aprehendido por una comisión de la Policía del Municipio Sucre del Estado Sucre y puestos a la orden de esa fiscalía, cuando según el dicho policial, estaban sustrayendo unas cajas contentivas de cepillos, del interior de un camión color Blanco, modelo 350, de barandas, en el cruce de la calle Las casas y la calle Miramar de esta ciudad. y puesto a la orden de esa fiscalía, este Tribunal observa que en efecto el referido ciudadano, fue puesto a la Orden de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, en calidad de detenido, pero del contenido del acta suscrita por los Funcionarios policiales que intervinieron en la aprehensión, no se desprende elemento de convicción alguno, que haga presumir que dichos ciudadanos estaban cometiendo algún hecho punible, pues si bien es cierto, que fueron recogidas tres cajas, contentivas de los citados cepillos, según lo dicho por los funcionarios, no es menos cierto, que las circunstancias en que fueron aprehendidos los ciudadanos, no refleja que hayan estado cometiendo algún delito, dado que incluso, el conductor del vehículo, no llegó a detenerse y ni siquiera fue localizado para su identificación posteriormente por los funcionarios, lo que deja una gran duda con relación al hecho narrado por los funcionarios policiales. Por todo esto el Tribunal estima ajustada a derecho la solicitud fiscal y en consecuencia debe ser declarada con lugar.

Con fundamento en todo lo expuesto, este Tribunal Sexto de Control, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de libertad plena a favor de los ciudadanos RAUL ANTONIO PEREZ ORTIZ y JOSE AGUSTIN MAURERA CORONADO y en consecuencia, ordena su libertad inmediata, una vez impuesto de la solicitud fiscal y de la presente decisión. Remítase al Ministerio Público.
El Juez

ABG. JUAN CHIRINO COLINA
La Secretaria

Abg. MILAGROS RAMIREZ