REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002554
Visto el escrito presentado por el Dr. José Morillo, Fiscal Primero del Ministerio Público, donde solicita la desestimación de la denuncia de Carmen Rincones, en contra de José Carreño, en virtud de que los hechos no revisten carácter penal; este Tribunal ante de decidir observa lo siguiente: que en fecha 17 de agosto del 2006; realizó denuncia de Carmen Rincones, en contra de José Carreño, quien la ofende verbalmente y calumniándola, lo que constituiría el delito de Difamación o de Injurias, los cuales requieren su enjuiciamiento a instancia de parte agraviada, existiendo un obstáculo legal para que el Ministerio Público pueda ejercer la debida acción.
En consecuencia este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda desestimar la denuncia de Carmen Rincones, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.597.024, y de este domicilio; en contra de José Carreño, por la comisión de delitos contra las personas, en virtud de que los hechos aunque revisten carácter penal, la acción debe intentarse a instancia de parte agraviada. Todo de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Fiscalía Primera y a la Denunciante, remítase las actuaciones a la Fiscalía de origen. Es Todo, cúmplase
El Juez
El Secretario
Douglas José Rumbos Ruiz
Jesús Milano Savoca