REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
Tribunal Tercero de Control - Cumaná
Cumaná, 9 de Octubre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-002604
ASUNTO : RP01-P-2006-002604

Vista la solicitud formulada por el Abg. Cesar Guzmán Fiscal undécimo del Ministerio Público, en Materia De Drogas quien pidió sea decretada libertad plena del ciudadano LUIS JOSE SALAZAR MONTES portador de la cédula de identidad No. 19.082.198 por considerar que no existen elementos serios para hacerle una imputación criminal y solicitarle medida de coerción personal, a pesar de haber sido aprehendido por funcionarios del IAPES, en punto de control cerca de las palomas por estar presuntamente incurso en unos de los delitos contemplados en la Ley contra el Trafico Ilícito y consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, que la Representación Fiscal examinada las actas que conforman la presente causa determina que no existen elementos de convicción que hagan presumir esw autor o participe del hecho punible; por lo que este Tribunal comparte la solicitud fiscal y en consecuencia, debe decretarse su libertad plena y así se decide.
Con fundamento en todo lo expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Cumaná, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de Libertad Plena a favor del ciudadano LUIS JOSE SALAZAR MONTES venezolano, 19 de edad, soltero, de profesión indefinida residenciado en: En el barrio las palomas Edificio Azul primer piso apartamento 20 Cumana Estado Sucre, titular de la cédula de identidad No. 19.082.198 y en consecuencia ordena su libertad inmediata, una vez impuesto de la solicitud fiscal y de la presente decisión.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL

Abg. JOSÉ ALENADRO ALCALÁ

LA SECRETARIA

Abg. ROSSIFLOR BLANCO